Noticias de Maipú

Pedro Acevedo, Dueño de Don OSCAR, se querelló contra concejal Alejandro Almendares por “compartir noticia de La Voz de Maipú en Facebook”

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El día 29 de junio de 2016, ante el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, el empresario Pedro Acevedo, dueño de Don Oscar, recinto que alberga canchas de fútbol y discoteca, ingresó una querella criminal por injurias graves con publicidad, en contra del concejal de nuestra comuna: Alejandro Almendares.

A través de un abogado patrocinante: Nelson Mezzano Pérez, se hace una introducción para someter al escrutinio del juez el supuesto acto ilícito del concejal. En el escrito se leen cosas que –a juicio de este redactor- rozan el delirio. “Hemos desarrollado el área social, con el proyecto “Espacio DO” que es un club nocturno que ha ido adquiriendo un exponencial crecimiento y prestigio a nivel nacional”, dice el escrito.

¿En qué parte una discoteca se enmarca dentro de un área social? ¿O será que después del carrete la convierten en albergue?. Sobre el prestigio a nivel nacional, una rápida búsqueda en google muestra que la fama del recinto, recae porque el 6 de junio de 2016, luego de una trifulca, el futbolista nacional Leopoldo Sebastián Osores Pérez, terminó muerto con dos tiros en su cuerpo, uno en la cabeza y otro a la altura del tórax.

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La querella de Don Oscar se da pues Almendares en la sesión del 17 de enero de 2017, pidió votar por separado un lote de patentes, entre ellas la de Don Oscar, aludiendo –a juicio del imputado empresario- a informes de seguridad, presentaciones de organizaciones comunitarias, entre otras que “en ningún caso expuso pruebas concretas, acertadas y fehacientes para persuadir, instruir o informar al concejo con la responsabilidad y prudencia que amerita su investidura municipal”, dice la querella presentada.

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Sin embargo la molestia de Pedro Acevedo con Almendares se da pues “el mismo 17 de enero de 2017, a las 19:26 hrs, el querellado, señor Alejandro Almendares, en su cuenta personal de Facebook publicó un link al portal www.lavozdemaipu.cl el cual acompañó con la siguiente leyenda: “Hoy en concejo municipal rechazamos las patentes de alcoholes de 4 establecimientos por motivos fundados, en dos de ellas tuvimos el apoyo mayoritario de los miembros del concejo municipal y aprobamos al NO renovación de patentes de alcoholes de:

  • Discoteque DO (Don Oscar)
  • Club Kabala

En ese posteo en su perfil de Facebook, Almendares hizo pública la votación de los concejales y añadió un link La Voz de Maipú, donde dábamos cuenta de la noticia.

Esta fue la intervención de Almendares que produjo la querella de Pedro Acevedo

A juicio de Acevedo “al momento de ejecutar la acción de compartir en su cuenta personal el link del portal con la información anteriormente señalada, el querellado abrió la posibilidad que en dicha red social se efectuaran una serie de comentarios, de diversas índoles, en donde se me profieren insultos, en donde se me profieren insultos, decréditos, y una serie de afrentas derivadas de la información allí contenida; y en donde se vincula a nuestra empresa familiar con una serie de actos y delitos respecto de los cuales no existe prueba, denuncia ni investigación alguna”, dice la querella.

En el escrito Acevedo reconoce estar siendo investigado por el denominado caso basura y entrega detalles asombrosos: “he soportado estoico una y mil veces presiones de carácter político, en circunstancias que ni yo ni familia somos políticos o nos dedicamos a aquella actividad”.

Pedro Acevedo pedía que se citara a Almendares a declarar en calidad de autor del delito y pedía lo mismo para la totalidad de los concejales. Asimismo se pedía que este director remitiera de forma íntegra “las publicaciones a las cuales fue objeto mi representado, querellante de autos, en donde se permita acreditar todas las publicaciones injuriosas y calumniosas a las cuales fue objeto el querellante ya individualizado”.

Derrota Judicial: Se declara inadmisible

La presentación hecha por Acevedo a través de su abogado, finalmente no prosperó. Analizada la presentación por el Juez Rodrigo Carvajal, se declaró inadmisible, pues “En las injurias, la figura base respectiva, exige una expresión proferida, en deshora, descrédito o menosprecio, con intención de causarla respecto de quien se emite, pero del mérito de los hechos vertidos fluye que la actividad de la querellado, se limitó a poner en conocimiento de Consejo Municipal y sujetos con los que comparte en una red social, los antecedentes conforme los cuáles resolvió en contra de la renovación de determinadas patentes municipales. Es aquel precisamente su norte u objetivo, no la intención de menoscabar la honra o el honor objetivo del querellado”, dice el documento emitido por el juzgado, quedando descartado el delito de injurias.

En cuanto a la calumnia, tampoco le fue bien a Acevedo. “En lo tocante a la calumnia, ésta corresponde a la imputación de un delito determinado, perseguible de oficio, pero falso, y en la especie, el contenido de dicha imputación, no aparece como falsa o mendaz atendido a que a que la falsedad en análisis ha de corresponder a una falsedad subjetiva, es decir, el calumniador debe tener conciencia de que lo que le atribuye al sujeto pasivo, no concuerda con la realidad o que carece de antecedentes que le den verosimilitud. Ningún extremo sobre el punto es aportado seriamente en la querella, ni en los que son referidos en la misma bajo el rubro atinente a los hechos. Por el contrario, aparece que le querellado ha fundado sus decisiones en base a antecedentes de procesos pendientes, entre otros, sin que ello pueda serle reprochado a título de calumnia cuando los describe como fundamento de sus determinaciones concejiles. Ello dista mucho de la exigencia basal del delito de calumnia: la conciencia de la falsedad de la imputación, de su carencia absoluta de asidero, de modo que se promueve con miras afectar llanamente el interés tutelado”, fue la respuesta del juzgado, que cerró el caso sin siquiera investigarlo.

Puedes ver la querella en PDF acá

Puedes ver los argumentos del juzgado para declararla inadmisible acá

 

 

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