Opinión

Reglamento de Comercio Electrónico, un nuevo avance en materia de derechos del consumidor

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El 24 de marzo entró en vigencia el Reglamento de Comercio Electrónico que obliga a las empresas que utilicen este canal de venta a cumplir una serie de obligaciones, lo que va en directo beneficio de los consumidores.

El Reglamento dictado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, tiene como objetivo reforzar la regulación respecto de la información que reciben los consumidores que utilizan este canal de compra, fomentando el derecho a la libre elección y la toma de decisiones informadas.

Recordemos que este reglamento fue sometido a consulta pública, y tras cumplir con la tramitación pertinente, aplica a las empresas que ofrezcan bienes o servicios en el comercio electrónico a través de plataformas propias como de terceros denominados operadores de plataformas, quienes también deben ajustar su actuar a lo que establece el reglamento.

Entre las directrices que establece es que las empresas deben informar en sus sitios web, en forma oportuna, el precio total del producto o servicio, con el valor del despacho incluido; la inexistencia de stock; las características relevantes de los productos y servicios ofrecidos; entre otros aspectos.

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También las obliga a informar expresamente las referencias de los productos, como, por ejemplo, las dimensiones, el color, el peso, el número de unidades que lo componen, el material, las restricciones de uso y los cuidados relevantes.

Asimismo, regula temas relativos al despacho. Así, por ejemplo, las empresas deben indicar el costo total del despacho o entrega, de forma desglosada del precio del producto; la fecha en que el producto estará disponible para su retiro si corresponde; o rango de tiempo que tardará su entrega o despacho, indicando, por ejemplo, si se trata de días hábiles o corridos.

A juicio del SERNAC, si bien el crecimiento de los reclamos contra las compras realizadas vía comercio electrónico obedece, en parte, al incremento de este canal de compra, también se explica porque existen empresas que no cumplen con los estándares mínimos que demandan las personas, lo que se traduce en falta de información, poca disponibilidad de canales de contacto y el incumplimiento de los plazos comprometidos.

De hecho, en una encuesta realizada por el SERNAC los consumidores indicaron que lo que más valoran de las empresas es la entrega de información clara y oportuna y el cumplimiento de las fechas comprometidas para la entrega de los productos o la prestación de los servicios.

El SERNAC estará monitoreando el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento y, de detectar infracciones, tomará las acciones que correspondan. El Servicio llama a los consumidores a ingresar reclamos o alertas ciudadanas en caso de problemas. Ante un incumplimiento, las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM, lo que equivale a más de 16 millones.

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