Este jueves 30 de mayo se cierra el proceso de inscripción de candidaturas para postular al Consejo Consultivo de Adultos Mayores en Maipú. En principio, la fecha había quedado estipulada para la semana pasada, pero el clima no lo permitió y se terminó por extender el plazo.
De acuerdo con lo informado por la Municipalidad, las inscripciones se realizarán durante el día mencionado, entre las 9:30 y las 13:30 horas y entre las 15:30 y 17:00 horas, en la Secretaría Municipal de Maipú emplazada en Primera Transversal N°1940.
Este mecanimo de participación ciudadana se encuentra a cargo de la Oficina del Adulto Mayor y el Departamento de Organizaciones Comunitarias, pertenecientes a la Dirección de Desarrollo Comunitario (Dideco), «destinado a orientar los planes, programas y proyectos municipales relacionados con las temáticas de interés de las personas mayores de la comuna de Maipú. El Consejo podrá colaborar, asesorar, proponer orientaciones y emitir opiniones sobre temáticas de su interés o las que sean propuestas o consultadas por el alcalde y el Concejo Municipal», según detalla la autoridad.
¿Quiénes integran el Consejo Consultivo de Adultos Mayores de Maipú?
La composición está dada por 23 Consejeros(as), de acuerdo al siguiente orden:
-Presidente(a) del Consejo: corresponderá a la persona que ejerza el cargo de alcalde o alcaldesa en ejercicio de la comuna de Maipú.
–1 Consejeros (as) por barrio, en donde haya clubes de adulto mayor vigentes, electo por mayoría simple (19 barrios con clubes vigentes).
–2 Consejeros (as) por cada una de las Uniones Comunales vigentes en la comuna (2 Uniones Comunales de Adulto Mayor vigentes).
¿Quiénes pueden ser candidatos al Consejo Consultivo de Adultos Mayores?
El Artículo N° 34 de la Ordenanza de las atribuciones, composición, funcionamiento y proceso eleccionario del Consejo Consultivo de Adultos Mayores de Maipú, establece que los candidatos o candidata deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano(a).
- Tener 60 o más años de edad.
- No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, tipificados en el TÍTULO V y VI del código penal y no tener condenas por hechos constitutivos de violencia intrafamiliar, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°20.066, para acreditar lo anterior, se debe presentar un certificado de antecedentes
- Ser miembro de la directiva de un Club de Adulto Mayor, que cuente con a lo menos un año de vigencia como organización, conforme al certificado de vigencia emitido por el Registro Civil y de Identificación.
- Deberá presentar cedula de identidad vigente.
- Deberá presentar Certificado de Antecedentes.
- Deberá presentar un poder simple firmado por la directiva del Club de Adulto Mayor al cual pertenece, en la cual señalen que respaldan su candidatura como consejero(a).
- Para inscribir la candidatura, se verificará, en el padrón correspondiente, que la organización a la cual se representará, este con su vigencia al día.
Fechas clave del proceso

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