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Ley contra delitos ‘de cuello y corbata’ fue promulgada por el Presidente Gabriel Boric

Durante esta jornada, el Presidente Gabriel Boric firmó la promulgación de la ley contra los delitos ‘de cuello y corbata’ que endurece las penas para ilícitos económicos, así como también ‘atentados contra el medioambiente’, reconociendo los daños sociales que provoca este tipo de criminalidad. El objetivo es prevenir la comisión de delitos económicos por medio de medidas […]

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cuello y corbata
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Durante esta jornada, el Presidente Gabriel Boric firmó la promulgación de la ley contra los delitos 'de cuello y corbata' que endurece las penas para ilícitos económicos, así como también 'atentados contra el medioambiente', reconociendo los daños sociales que provoca este tipo de criminalidad.

El objetivo es prevenir la comisión de delitos económicos por medio de medidas como mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, además de los directivos y gerentes de las empresas.

"Desde hoy Chile tiene una nueva ley para sancionar de mejor forma los delitos económicos y ambientales, que tanto daño han causado a nuestra sociedad. Un daño que es difícil de cuantificar. Estoy seguro que esta ley contribuirá a recuperar las confianzas que se han dañado en estos últimos años", expresó el Mandatario.

Características de la ley contra delitos 'de cuello y corbata'

  1. Establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados delitos de cuello y corbata.
  2. Cuando el delito tenga una pena teórica de presidio o reclusión –cárcel – es mucho más probable que deba cumplirse efectivamente con privación de libertad, de manera de evitar que se produzca la sensación de impunidad frente a la comisión de delitos económicos.
  3. Agrega también como categoría de “delito económico” a los delitos funcionarios, cuando éstos sean cometidos con la participación de un miembro de una empresa o en favor de esta.
  4. Establece adicionalmente una nueva forma de determinación de la multa (denominada “días-multa”), la que se calcula a partir del ingreso promedio diario del condenado.
  5. Este sistema permitirá que la multa pueda ir desde media UTM (como más de 31 mil pesos) hasta una cantidad máxima teórica de casi 19 mil millones de pesos para una persona natural, sin considerar el delito propio que cometa la empresa como persona jurídica.
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