Trabajadoras logran histórico triunfo contra Hites: juez obliga a pagar sueldos por suspensiones de contrato

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Ayer fue un día de celebración en el Sindicato Comercializadora S.A. de Hites tras declararse ó ilegal la forma cómo la empresa Hites aplicó la Ley de Protección al empleo a sus trabajadores.

Esta demanda colectiva surgió en respuesta a la suspensión unilateral de los contratos de trabajo por parte de la empresa Hites en comunas donde no se había declarado cuarentena por la autoridad.

Tras dos meses de espera, y sin poder cobrar su sueldo, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declaró ilegal ilegal la suspensión unilateral de contratos de trabajos y ordenó a Hites pagar el sueldos a las trabajadoras con fuero maternal y a todos los trabajadores que no hayan firmado el pacto de suspensión de contratos de trabajo en comunas sin cuarentena.

Se trata de una sentencia de una medida cautelar prejudicial que luego de meses llega a dar la razón a las trabajadoras que se negaron a firmar la suspensión de sus contratos.

El caso fue conducido por las abogadas Alejandra Hidalgo y Lorena Romero de la Defensoría Popular, en representación del Sindicato Comercializadora S.A. En lo inmediato, el tribunal ordena a la empresa el pago de todas las remuneraciones a las trabajadoras con fuero maternal y el pago íntegro de los sueldos de abril, mayo y meses siguientes a todos los trabajadores que prestan servicios en comunas sin cuarentena y que no firmaron el pacto de suspensión.

La situación fue abordada más en profundidad en una entrevista de la abogada Alejandra Hidalgo para La Voz de Maipú, donde explica más en detalle el conflicto laboral relacionado con la suspensión de contratos y las comunas en cuarentena (ver aquí).

comunicado sindicato

Un triunfo para las trabajadoras del retail

Para Teresa, presidenta del Sindicato Comercializadora S.A., se trata de un hecho histórico.

«Para mí es un gran triunfo de los trabajadores a la perseverancia, porque acá la empresa no respetó la ley. Es un llamado de atención para Hites para que respete a los trabajadores. El día 3 de mayo tuvieron que clausurar dos tiendas que estaban en cuarentena vendiendo con trabajadoras dentro. Hites como empresa a la mano de obra ha tenido cero respeto a las remuneraciones y sus familias, porque detrás de cada trabajador hay mínimo 3 personas«, comentó sobre el fallo.

Alejandra Hidalgo, la abogada patrocinante, coincide con Teresa y también comparte su reflexión sobre el fallo.

«Hites le dijo a sus trabajadoras firme un pacto para suspender sus contratos. Muchos se vieron obligados a firmar porque pensaron si no firmaban no les iban a pagar. Pero una gran cantidad no firmó el pacto, porque creían que la empresa estaba obligada a pagar el sueldo. A esas personas se les envió un correo donde se les suspendió unilateralmente el contrato. Nosotros dijimos que no, que solo se puede suspender cuando la otra parte, en este caso el trabajador, esté de acuerdo«.

Hidalgo recalca que la forma cómo se notificó a los trabajadores es un mecanismo no contemplado en la ley, cuestión que efectivamente fue recogida en el fallo, ordenándose dejar sin efecto la carta de Suspensión.

fallo 3 hites

Uno de los aspectos llamativos del caso de las trabajadoras con fuero maternal, cuya situación el fallo judicial comenta, recordando que la ley «impide el despido de las trabajadoras sin autorización judicial previa». El fallo ratifica además lo grave de la suspensión del contrato para estas trabajadoras, cuyo fueron corresponde a un «un periodo especial e irrenunciablemente protegido«.

Para Hites aún quedan instancias de apelación al fallo, y se espera que hagan valer su derecho. Será entonces la Corte de Apelaciones de Santiago la encargada de confirmar si la suspensión de los contratos se ajustan o no a derecho.

Al menos por ahora, y en opinión de Víctor Manuel Riffo Orellana, juez titular del Segundo Juzgado de Letras Laboral de Santiago, la empresa actuó al margen de la ley y por ello debe reponder los sueldos a sus trabajadores.

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