El 12 de marzo de 2026, apenas 24 horas después de asumir la presidencia, José Antonio Kast ordenó frenar más de 40 decretos ambientales que estaban en el último paso de su tramitación legal. Un solo oficio —el N° 01707/2026, firmado por el recién nombrado Subsecretario del Medio Ambiente, José Ignacio Vial Barros— fue suficiente para retirar de la Contraloría General de la República normas que habían tomado años en diseñarse, que habían pasado por consultas indígenas, participación ciudadana y aprobación unánime del Consejo de Ministros del gobierno anterior.
Lo que hizo el Gobierno de Kast no tiene precedentes en la historia democrática del país.
Tres niveles de daño

El retiro masivo de decretos no afecta un sector ni una región: atraviesa transversalmente toda la arquitectura de protección ambiental del Estado. Una evaluación elaborada con herramientas de inteligencia artificial sobre el listado oficial clasificó las normativas paralizadas en tres niveles de gravedad.
El primero, de gravedad crítica, agrupa las normas cuya ausencia tiene consecuencias directas y cuantificables sobre la salud y la vida de las personas. El segundo, de gravedad alta, cubre ecosistemas estratégicos que quedan expuestos a la explotación industrial sin amparo legal. El tercero, de gravedad estructural, describe el desmantelamiento de la institucionalidad que le permite al Estado fiscalizar, sancionar y cumplir compromisos internacionales en materia climática.
El aire que mata: 3.640 muertes al año
El decreto de mayor impacto inmediato en salud pública es el N° 3/2026, que actualizaba la Norma Primaria de Calidad del Aire para Material Particulado Fino (MP 2,5). Este contaminante —cuyo diámetro es inferior a la fracción de un cabello humano— penetra directamente en los alvéolos pulmonares y el torrente sanguíneo, provocando asma, EPOC, infartos y accidentes cerebrovasculares.
La norma vigente en Chile data de 2011 y establece un límite de 50 microgramos por metro cúbico en 24 horas. Los propios informes del Ministerio del Medio Ambiente establecen que la exposición actual al MP 2,5 provoca al menos 3.640 muertes prematuras anuales en el país. El decreto retirado buscaba rebajar ese umbral, lo que habría obligado al Estado a declarar nuevas zonas saturadas y financiar planes de descontaminación en el sur de Chile. Al frenarlo, la administración evita esa obligación legal. Y las muertes siguen.
En paralelo, el retiro del Decreto N° 32/2025 —que imponía nuevos límites a las emisiones de arsénico desde fundiciones de cobre— congela una norma que buscaba enfrentar proyecciones alarmantes: con el aumento de la capacidad productiva de las refinerías, las emisiones de este carcinógeno comprobado podrían alcanzar las 592 toneladas anuales, un incremento del 25% respecto a la línea base, con alzas del 56% solo en Chuquicamata.
También fue retirado el Decreto N° 8/2025, que actualizaba los límites de emisión para termoeléctricas. Su paralización permite que una treintena de unidades generadoras a carbón y petcoke mantengan niveles de emisión de hasta 350 mg/Nm³ de óxido de nitrógeno por al menos siete años adicionales, retrasando la adopción de tecnologías de reducción catalítica en comunas como Mejillones y Tocopilla.

Salares, parques marinos y el lago Villarrica
En el norte, el gobierno retiró seis decretos que conformaban la llamada «Red de Salares Protegidos»: los parques nacionales Salar de Gorbea, Las Parinas y Lagunas Bravas, más las reservas de Lagunas Collas, Salar de Pedernales y Pisacas. Estos humedales de altura albergan las tres especies de flamencos sudamericanos y son el objetivo de la industria del litio. Con los decretos en retiro, las cuencas quedan disponibles para solicitudes de concesiones mineras. El dato es elocuente: en 2025, el Estado destinó unos 441.500 dólares a investigación sobre estos ecosistemas, mientras que el financiamiento para el desarrollo de la industria del litio lo superó por un factor de 33.
En el Pacífico, los decretos N° 17 y 18/2026 —que creaban el Parque Nacional Mar de Juan Fernández y el Parque Nacional Nazca Desventuradas II— también fueron retirados. El archipiélago de Juan Fernández tiene niveles de endemismo marino superiores al 60%, comparables a Galápagos. Sin protección formal, sus montes submarinos quedan expuestos a la pesca industrial de arrastre.
En el sur, la paralización del Decreto N° 12/2025 abandona al Lago Villarrica —declarado zona saturada por contaminación de nutrientes— sin el único instrumento legal que obligaba a financiar plantas de tratamiento y restringir el loteo inmobiliario en sus riberas. Cada verano, el lago sufre floraciones de cianobacterias productoras de neurotoxinas. Sin el plan, eso no cambiará.

El regulador capturado
La firma del Oficio N° 01707/2026 recae en José Ignacio Vial Barros, abogado que construyó su carrera en los bufetes Correa Gubbins y Barros Silva Varela & Vigil, representando intereses de empresas del sector termoeléctrico y minero. El Registro de la Ley del Lobby lo registra gestionando audiencias ante autoridades ambientales de Antofagasta en favor de E-CL S.A., empresa generadora de energía del grupo Engie y operadora de centrales termoeléctricas en el norte del país.
Hoy, ese mismo abogado firmó el retiro de los decretos que habrían restringido las emisiones de las empresas que antes defendió.
El fenómeno tiene nombre en la ciencia política y económica: regulatory capture, captura del regulador. Ocurre cuando el organismo estatal encargado de fiscalizar un sector termina operando en función de los intereses de ese sector. En Chile, en marzo de 2026, ocurrió en 24 horas.









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