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Segundo retiro AFP: ¿Qué se aprobó y qué falta para que sea ley?

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afp

La tarde de ayer se aprobó la reforma constitucional que permite el retiro de un segundo 10% de los ahorros previsionales individuales de las AFP. Con una amplia mayoría que llegó a 130 votos a favor versus 18 en contra, el proyecto fue despachado al Senado.

Hasta el último minuto, desde el Gobierno tuvieron una postura en contra de este retiro, de hecho, el presidente Sebastián Piñera afirmó luego de la aprobación que «el retiro del 10% por supuesto que es una ayuda hoy, pero reduce las pensiones y tenemos que evitar que por mejorar la situación de hoy día tengamos mucha gente con pensiones no dignas».

De hecho, algunos personeros incluso habían amenazado con llevar la reforma hasta el Tribunal Constitucional en caso de ser aprobado, sin embargo, esa opción se diluyó, ya que los parlamentarios que votaron a favor superan los 2/3 que buscaba reclamar el Gobierno.

¿Qué se aprobó en particular?

Podrás retirar de tus ahorros entre 35 y 150 UF (1 millón a 4,3 millones aproximadamente).

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Si los fondos en tu cuenta equivalen a menos de 35 UF, podrás retirar el total de lo ahorrado, en cambio, si superan las 35 UF podrás retirar hasta 150 UF.

Cabe destacar que nadie deberá pagar impuestos por lo retirado de las AFP.

Un punto a considerar es que este retiro tendrá una vigencia de por vida, por ende, puedes realizar la solicitud de retiro en el momento que quieras, en cambio, en el primer retiro esto es válido solo por un año.

Una de las principales diferencias con el primer retiro, es que en esta segunda ocasión el pago del dinero se realizará en una cuota, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que usted ingrese la solicitud.

Otro punto relevante es que quienes deseen reintegrar lo retirado en algún momento, lo podrán hacer voluntariamente cotizando de forma un 5% adicional de sus rentas mensuales que podrá suspender o discontinuar en caso de quererlo.

La solicitud del segundo 10% está sujeta a la retención, suspensión y embargabilidad por deudas alimenticias.

Las autoridades como el Presidente, parlamentarios, gobernadores regionales, entre otros cargos públicos que retiren el 10% deberán incorporarlo a su declaración de patrimonio e intereses.

segundo retiro 1
Fotografía de camara.cl

Retiro de enfermos terminales

Asimismo, la jornada de ayer se votó de forma unánime (150 votos a favor) el proyecto que permitirá retirar el total de los fondos previsionales a las personas que tengan una enfermedad terminal, sin embargo, la iniciativa volverá a Comisión para su discusión en particular.

¿Cuándo podría estar lista la reforma del segundo retiro del 10%?

Se espera que para fin de año las personas puedan retirar su dinero. En cuanto al trámite legislativo, la reforma constitucional que permite el segundo retiro pasó a la Sala del Senado. Si es aprobado y no se realizan indicaciones, pasaría automáticamente a estar listo para que el Presidente promulgue la reforma.

Si ocurre lo contrario, la instancia que continuaría sería la Comisión Mixta, en la que sería revisada y devuelta a Sala con las modificaciones que se estimen.

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