Grupo de parlamentarios promueve proyecto de ley para condonar deudas de servicios básicos

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Cuatro parlamentarios se unieron por la iniciativa que busca condonar las deudas de servicios básicos que se hayan acumulado durante la pandemia. El proyecto de resolución fue presentado por la diputada Natalia Castillo (independiente), Alejandro Bernales (Partido Liberal), Pablo Vidal (independiente) y Vlado Mirosevic (Partido Liberal).

Hace unos días el proyecto se aprobó en la Cámara de Diputadas y Diputados con 94 votos a favor y 17 abstenciones. La solicitud debe ser acogida y aprobada por el Presidente Sebastián Piñera para poner en marcha el plan.

En específico, la iniciativa tiene como objetivo que las deudas de servicios básicos de agua, luz y gas sean perdonadas y no sigan siendo acumuladas por la población vulnerable, como adultos mayores o personas que demuestren que sus ingresos disminuyeron significativamente durante la pandemia.

Cabe destacar que actualmente, en nuestro país rige una ley que impide que las empresas proveedores de luz, agua y gas suspendan estos servicios por falta de pago entre el 18 de marzo de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin embargo la deuda se va acumulando.

En el documento presentado se lee que: «La critica situación económica del país, por una parte, y la acumulación de la deuda de servicios básicos, hacen prever que un sector importante de la población se verá nuevamente en la imposibilidad de pagar las deudas contraídas durante la vigencia de las leyes 21.249 y 21.340, lo cual tiene como consecuencia exponer a los usuarios a quedar sin acceso total o sin acceso adecuado a servicios considerados básicos«.

Luego, en el mismo escrito se detalla que para este proyecto de resolución «se propone que el Fisco financie y extinga las deudas de servicios básicos domiciliarios respecto de deudores que no tengan ingresos para poder pagarlo, entendiendo por tales a aquellas personas que se encuentran en el registro social de hogares; las personas que tengan la calidad de adulto mayor».

Esta iniciativa también contempla a quienes estén percibiendo las prestaciones de un seguro de desempleo; a trabajadores independientes o informales.

Además, acoge a todas las personas que «estén acogidas a alguna de las causales de la ley N° 21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales, ya sea por la suspensión de la relación laboral o por la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada».

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