El Ejecutivo tomó una decisión que no estaba en el libreto que se había filtrado: en lugar de entregar el 4% de aumento del salario mínimo en un solo golpe, el Ministerio de Hacienda partió ese ajuste en dos tramos. El proyecto, que inició su tramitación en la Cámara de Diputados, eleva el ingreso mínimo mensual desde los $539.000 actuales a $546.546, un incremento de $7.546 que equivale a un 1,4%, cifra que corresponde a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor entre enero y marzo de 2026.
El segundo tramo no tiene monto fijo. Según el texto del proyecto, «a contar del 1 de enero de 2027, reajústese el ingreso mínimo mensual conforme a la variación acumulada por el IPC determinada e informada por el INE entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de diciembre de 2026». Si las proyecciones del Banco Central se cumplen, ese segundo ajuste sería de aproximadamente un 2,6%, completando así el 4% nominal que el gobierno había prometido para el año.
Empleo formal versus bolsillo: la tensión detrás de la fórmula
El documento enviado al Congreso argumenta que «el reajuste propuesto busca conciliar la necesaria protección del poder adquisitivo de los trabajadores con la preservación del empleo formal, el fortalecimiento de las oportunidades laborales y la sostenibilidad de las empresas de menor tamaño». En el fondo, Hacienda está equilibrando dos presiones en sentido contrario: los trabajadores piden más, los empleadores advierten que subirlo demasiado destruye empleo.
El contexto no es menor. El propio informe reconoce que, según la Encuesta Nacional de Empleo del INE correspondiente al trimestre enero-marzo de 2026, la tasa de desocupación nacional se ubica en 8,9%, acumulando 39 meses consecutivos por sobre el 8% lo que «sitúa a Chile entre los países con mayores tasas de desempleo dentro de la OCDE».
El tercer round: junio de 2027
El proyecto también adelanta lo que viene después. Establece que «a más tardar en el mes de junio de 2027, el Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste al monto del ingreso mínimo mensual» para que rija a partir del 1 de julio de ese año. Para su elaboración, el Ejecutivo deberá consultar al Consejo Superior Laboral.
En la práctica, el salario mínimo queda amarrado a la inflación al menos por los próximos dos años, sin un alza real garantizada. Los trabajadores mantienen su poder adquisitivo si el IPC no se dispara, pero no ganan terreno frente a la inflación pasada acumulada en los años anteriores.
