Una mujer fue condenada a 17 años de presidio efectivo por su rol como coautora en el asesinato de su propio hermano, crimen ocurrido en enero de 2024 en la comuna de Maipú. El Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago emitió el fallo de forma unánime en el marco de la causa rol 22-2026.
La víctima fue trasladada por su hermana —hoy condenada— y el hijo de esta hasta una calle del sector de Machicura, en Maipú, donde el sobrino de la víctima le disparó con un arma de fuego calibre .45. La muerte se produjo por un traumatismo cráneo encefálico. La Voz de Maipú registró el momento del ataque y dio cuenta del crimen en las horas posteriores al hecho.
Un crimen en familia
El tribunal, integrado por los magistrados Pablo Andrés Urrutia Sulantay (quien presidió), Fernando Valenzuela González y David Gómez Palma (redactor del fallo), tuvo por acreditado más allá de toda duda razonable que la condenada condujo el vehículo, un SUV Kia Sorento gris, con el que trasladaron a la víctima hasta el lugar donde fue ejecutada. Su participación como coautora quedó establecida al haber facilitado de manera activa y consciente las condiciones para el homicidio.
El hijo de la condenada, quien accionó el arma, no fue juzgado en este proceso: cuenta con una solicitud de extradición pendiente, por lo que su situación procesal sigue abierta.
El mismo tribunal absolvió a la acusada del cargo de conducir un vehículo motorizado con placa patente correspondiente a otro móvil, por falta de acreditación suficiente.
La pena y sus fundamentos
Para determinar la extensión de la condena, el tribunal aplicó el artículo 391 N°2 del Código Penal, que establece para el homicidio simple una pena de presidio mayor en su grado medio a máximo. La existencia de una circunstancia agravante y la ausencia de atenuantes llevaron a fijar la sanción en el grado máximo: 17 años de presidio mayor.
«Regulándose en este caso la pena en diecisiete años de presidio mayor en su grado máximo, por ser proporcional al injusto del hecho y el accionar materializado por la acusada», consigna el fallo.
La condena incluye, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la pena. Como abono se reconocieron 873 días que la sentenciada ya ha cumplido privada de libertad. La pena es de cumplimiento efectivo: el tribunal descartó la aplicación de penas sustitutivas contempladas en la Ley 18.216, dada la extensión de la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se procederá a la toma de muestras biológicas de la condenada para incorporarla al registro nacional de ADN. Asimismo, se decretó el comiso del cartucho calibre .45 encontrado en el sitio del suceso.
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