El Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, como autor del delito de robo con intimidación en un servicentro Pronto Copec.
El ilícito, según lo acreditó el tribunal, fue cometido en abril de 2023 por el sujeto condenado y otros cuatro individuos no identificados.
Los hechos
Según el fallo, la banda se dirigió a la estación ubicada en la esquina de Carmen con Huáscar, en el Barrio Templo Votivo, a bordo de un vehículo station wagon, marca Jeep, modelo Compass, color gris plata.

Luego de cargar combustible, los sujetos procedieron a ingresar e intimidar al trabajador del servicentro. “Al menos uno de ellos portaba un objeto que impresionaba como un arma de fuego”, expresa el documento oficial.
Tras sustraer $1.200.000, de lo recaudado por la venta de combustible, el grupo delictual corrió de vuelta al vehículo en que se movilizaban y huyeron.
Cinco años y un día para el imputado
Dados los antecedentes recopilados y analizados por los magistrados, quienes estimaron que no había “antecedentes probatorios que permitan sopesar una mayor entidad del daño”, los encargados de dictar la sentencia ordenaron:
“En consecuencia, el tribunal estimando más acorde con el principio de proporcionalidad de las penas, y concurriendo, como se dijo, dos circunstancias atenuantes y ninguna agravante, la aplicará en el mínimo establecido por la ley, lo que se estima conforme al desvalor de la acción realizada, estimando procedente aplicar la pena de presidio mayor en su grado mínimo”.
Con esto, el imputado “deberá cumplir la pena corporal impuesta en forma efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa, esto es, cinco días de detención, decretadas en diversas oportunidades debido a su incomparecencia a actos del procedimiento y desde el 23 de enero del año en curso oportunidad en la que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva en su contra, la cual se encuentra vigente, lo que equivale a un total de 90 días hasta la fecha de la presente sentencia”, concluyen.









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