El 23º Juzgado Civil de Santiago dictó una sentencia que acoge la demanda interpuesta por la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD), condenando a la empresa Alarcón y Cía. Limitada —anteriormente conocida como Bravo y Cía. Limitada— por el incumplimiento de un contrato de autorización de ejecución pública de obras musicales.
El conflicto se remonta a un acuerdo suscrito el 22 de enero de 2003, donde la demandada obtuvo la autorización no exclusiva de la SCD para utilizar públicamente obras musicales de su repertorio en el local denominado «Golden«, el cual estaba ubicado en Chacabuco N°73-77, comuna de Maipú.
En dicho contrato se estableció que el local debía «Pagar dentro de los diez primeros días del mes siguiente a su representada, por la ejecución pública de obras musicales del repertorio de SCD, una tarifa mensual, que se estableció teniendo en consideración la tarifa especial acordada en el Convenio suscrito entre SCD y la Federación Gremial de la Industria Hotelera y Gastronómica de Chile, “HOTELGA”, de fecha 9 de noviembre de 1992, inserta dentro de los Títulos II y III, Nº10 las Tarifas Generales de SCD y asciende a la suma de 1,15 Unidades Musicales Mensuales (U.M.M.) y que equivale al día 21 de noviembre de 2024 a $32.845».
Al no haber presentado pruebas de pago, la demandada fue condenada a pagar las tarifas adeudadas a razón de 1.15 U.M.M., calculadas sobre una base de 2.304.092, además de una multa fijada en 5 UTM (la SCD había solicitado inicialmente una multa de 50 UTM) y las costas del proceso judicial.










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