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La Delegación Presidencial de la Región Metropolitana decretó para hoy la primera Alerta Ambiental del año 2023 en la zona.

La alerta ambiental se determinó por las malas condiciones de ventilación y altas concentraciones de contaminantes que hay en la cuenca de Santiago.

Así, la alerta ambiental contempla una serie de prohibiciones para la región en la que se esté aplicando, que en este caso es la metropolitana:

  • Restricción permanente de lunes a viernes a vehículos con y sin selle verde en la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
  • Prohibición de uso de calefactores a Leña, excepto pellets, en toda la Región Metropolitana.
  • Prohibición de quemas agrícolas en toda la Región Metropolitana, entre el 1 de marzo y el 31 de octubre.
  • Sugerencia modificación y/o suspensión de clases de Educación Física.
  • Intensificar fiscalización.

Restricción vehicular

Cabe recordar que, junto con la alerta ambiental, la restricción vehicular se aplicará desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto. Así lo informó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Desde la cartera detallaron que «para este año, la medida establece que en el caso de los vehículos catalíticos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, se aplicará restricción vehicular de dos dígitos diarios en la provincia de Santiago y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo. Lo mismo para las motos inscritas antes de 2010″.

La restricción vehicular será de lunes a viernes, salvo festivos, entre las 07.30 y las 21.00 horas.

«En caso de decretarse una pre-emergencia o emergencia ambiental, se informarán los dígitos adicionales que se restringirían. Para ello se utilizarán todos los canales informativos y redes sociales del MTT», aseguraron.

Para hoy, lunes 8 de mayo, la restricción vehicular se aplica para las siguientes dígitos:

  • Automóviles, station wagons y similares (catalíticos inscritos antes de septiembre de 2011): 2-3.
  • Motos y similares inscritos desde 2002 y antes de septiembre de 2010: 2-3.
  • Automóviles, station wagons y similares sin sello verde: 4-5-6-7.
  • Transporte de carga y similares sin sello verde: 4-5-6-7.
  • Motos y similares con año de fabricación anterior a 2002: 4-5-6-7.
  • Buses de transporte privado remunerado, interurbanos y rurales sin sello verde: 4-5-6-7.

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SOBRE EL AUTOR

Constanza Reveco Montero

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