El pasado 30 de diciembre, la Corte Suprema marcó un hito jurídico y ético en la historia judicial de Chile en materia de DD.HH. En cumplimiento estricto a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el máximo tribunal del país determinó que el Estado chileno transgredió garantías internacionales al otorgar beneficios de reducción de penas a condenados por crímenes de lesa humanidad.
El fallo surge en el marco del emblemático caso “Vega González vs Chile”, el cual agrupa 14 causas por crímenes cometidos durante la dictadura militar. Con esta decisión, la justicia chilena da un paso decisivo hacia la reparación, alineándose con los estándares globales que prohíben la impunidad en delitos que atentan contra la dignidad humana.
El fin de la «media prescripción» en casos de DD.HH
La resolución de la Suprema deja sin efecto la aplicación de la “media prescripción”. Esta figura legal permitía reducir significativamente las penas cuando había transcurrido al menos la mitad del plazo legal de prescripción del delito. Aunque es una herramienta común en delitos ordinarios, la Corte IDH fue clara: no es aplicable a criminales de guerra o de lesa humanidad.
Además, el fallo estableció un precedente importante respecto a la impunidad biológica, señalando que la edad de los criminales no debe ser un obstáculo para el cumplimiento efectivo de las penas de cárcel en casos vinculados a DD.HH
Impacto inmediato: Krassnoff y Corbalán entre los afectados
Las consecuencias de este «téngase por cumplido» son inmediatas y contundentes para los involucrados:
- 4 exagentes del Estado que gozaban de libertad bajo estos beneficios deberán volver a prisión.
- 24 condenados verán un aumento en sus penas actuales. En esta lista figuran nombres conocidos por su rol en la represión, como Álvaro Corbalán y Miguel Krassnoff.
- 2 condenados recibieron el beneficio de reclusión domiciliaria total.
Reacciones desde el INDH

Desde el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), organismo que participó activamente en las audiencias de septiembre ante la Suprema para garantizar el acceso a la justicia, valoraron positivamente la resolución.
Beatriz Contreras, jefa regional de la Región Metropolitana del INDH, señaló que este acto va más allá de un trámite administrativo:
“La anulación de estas rebajas de pena no es solo un acto de cumplimiento de una sentencia de la Corte IDH, sino un acto de justicia necesario para las víctimas y sus familias”.
Asimismo, la abogada enfatizó que el Instituto se mantendrá vigilante para que este criterio se convierta en una práctica permanente en los tribunales chilenos, garantizando el respeto irrestricto al derecho internacional.
Chile ante la justicia internacional
Cabe recordar que la Corte IDH se ha pronunciado en 19 causas contra el Estado de Chile por diversos temas que incluyen libertad de expresión, discriminación y, fundamentalmente, el acceso a la verdad y la justicia. Con este fallo, el país busca cerrar una brecha de impunidad que por décadas ha sido cuestionada por la comunidad internacional.









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