Después de 8 largos años, la demanda colectiva del SERNAC por el derrumbe del Condominio Don Luis llegó a su fin, y el resultado fue a favor de los vecinos que perdieron todo en el terremoto de 2010.
El edificio ubicado en calle Gandarillas 360 fue demolido el 2014 por la Municipalidad de Maipú, en ese entonces al mando de Chrisitan Vittori, y la empresa ya había llegado a un acuerdo de indemnización con los vecinos del edificio. A pesar de esto, el Sernac decidió emprender una demanda colectiva en base a infracciones a la Ley del Consumidor y llegó con esta iniciativa a la Corte Suprema.
Finalmente, una cifra 2.386.450 millones de pesos es lo que tendrá que pagar la empresa inmobiliaria Francisco de Aguirre Limitada según el fallo publicado.
Multa por producto defectuoso
La Corte Suprema en un falló unánime estableció que hubo “severos daños estructurales con ocasión del terremoto del 27 de febrero de 2010”, dando por finalizado el caso y obligando a la empresa a pagar la millonaria multa.
El máximo tribunal del país hace mención al Título II del artículo Ley N 19.496 de la Ley del Consumidor, donde se señala que los productos deben ser seguros para el consumo, y que en este caso la inmobiliaria no habría cumplido al momento de vender.
La llamada ley del consumidor es muy clara sobre esta materia, y establece en uno de sus artículos explícitamente que el consumidor tendrá derecho a “la seguridad en el consumo de bienes o servicios, la protección de la salud y el medio ambiente y el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles” (ver foto al final).
Un acción colectiva es justamente lo que llevó adelante el Sernac por un producto que no cumplió con lo más importante que debía entregar: la seguridad de un hogar.
En el lugar ahora solo hay una terreno vacío esperando un nuevo destino.
https://lavozdemaipu.cl/2010/02/estado-de-maipu-post-terremoto-en-constante-actualizacion/
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