/ Noemí Rivadeneira
11 de julio de 2024

Ni armas ni drogas en el contenido: Contraloría emite instructivo para regular eventos culturales muncipales

El documento de la CGR detalla las directrices para eventos culturales y de esparcimiento con recursos públicos. Específicamente, establece que no se deben usar fondos estatales en eventos que promuevan actividades ilícitas como el uso ilegal de armas, el tráfico de drogas y la pornografía infantil.
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El instructivo emitido este miércoles por la Contraloría General de la República (CGR) detalla las directrices que deben seguir las municipalidades cuando realicen eventos culturales y de esparcimiento con recursos públicos.

El documento precisa que no pueden usarse recursos del Estado en eventos culturales que fomenten mensajes sobre actividades ilícitas como el uso ilegal de armas, el tráfico de drogas y la pornografía infantil.

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El instructivo de Contraloría regirá para eventos como festivales, conciertos, vendimias y carnavales.

Con el fin de asegurar el correcto uso de los recursos públicos y el cumplimiento de las normativas vigentes, el documento aborda tanto la publicidad, la difusión y el contenido de las actividades culturales.

En cuanto a la publicidad, el instructivo establece que “los órganos y servicios públicos que integran la Administración del Estado no podrán incurrir en otros gastos por concepto de publicidad y difusión que los necesarios para el cumplimiento de sus funciones, y los que tengan por objeto informar a los usuarios acerca de la forma de acceder a las prestaciones que otorgan”.

En cuanto a la orientación del contenido de las actividades culturales, se indica que las entidades edilicias deben asegurar que no se incentive, promueva o publicite actividades calificadas como infracciones o delitos por nuestra legislación, como el tráfico de drogas, el porte o uso ilegal de armas, la asociación ilícita o la trata de personas u otras actividades que pudieren afectar el orden público, los bienes públicos y la seguridad interior y exterior de la Nación.

Así tambien el organo fizcalizador enfatiza que la imagen del alcalde o concejales no pueden estar presente en la publicidad de los eventos. «Ello implica una infracción a las normas relativas al empleo de recursos del organismo en beneficio personal o para fines ajenos a los institucionales, generándose responsabilidad civil para esa autoridad, que se hace efectiva mediante el correspondiente juicio de cuentas«, apunta el documento de Contraloría.

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Noemí Rivadeneira

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