Revisa si fuiste seleccionado/a como vocal de mesa para las #Elecciones2021

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Durante el 10 y 11 de abril se realizarán las elecciones de cuatro cargos representativos en nuestro país: Convencionales Constituyentes, Gobernador Regional (Gore), Alcalde y Concejales.

Es por esto, que durante esta semana el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de personas seleccionadas como vocales de mesa para dichos comicios. Las personas seleccionadas recibirán un bono de $60.000 por ambos jornadas del proceso.

Además las personas seleccionadas serán incluidas en el ‘Plan de Vacunación’ establecido por el Ministerio de Salud, tras considerarse su labor como ‘esencial’.

Para los comicios, el Servicio Electoral amplió la cantidad de locales a 2.731 a lo largo del país, cifra similar a la cantidad de locales utilizados en el último Plebiscito Nacional del pasado 25 de octubre. Estos recintos albergarán un total de 46.087 mesas receptoras de sufragios, donde funcionarán los vocales de mesa designados.

¿Cómo saber si fuiste seleccionado/a? Debes ingresar a la página del Servel (PINCHA AQUÍ) y rellenar el cuadro que aparece con tu Rut sin puntos y con guion.

Para las personas que fueron seleccionados pero no puedan presentarse, existirá un plazo entre el lunes 22 y el miércoles 24 de marzo, en el que podrán presentar sus excusas ante las Juntas Electorales, en caso de no poder cumplir con la labor. 

Los motivos válidos para excusarse durante este período, contemplados en el artículo 49 de la Ley 18.700, son los siguientes:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Estar la persona comprendida entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designada miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

*Recuerda que para que tu voto sea válidamente emitido y por ende, contabilizado, en cada una de las papeletas podrás marcar solo una opción.

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