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Vodanovic critica reglamento de Ley de Seguridad Municipal que vincula fallas administrativas con la destitución de alcaldes

El alcalde de Maipú cuestionó en X el reglamento de la Ley de Seguridad Municipal que el Gobierno ingresó a Contraloría, y reclamó no haber sido consultado antes de conocerlo por la prensa.

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Tomás Vodanovic
Tomás Vodanovic

El alcalde de Maipú, Tomás Vodanovic, cuestionó el reglamento de la Ley de Seguridad Municipal que el Gobierno ingresó a la Contraloría, por establecer que una falla administrativa podría derivar en la destitución de un alcalde electo. El edil, que ha sido una voz recurrente en la discusión sobre esta ley, reclamó además que el contenido se conociera "por la prensa, sin ningún tipo de trabajo previo con alcaldes".

En una publicación en X, Vodanovic sostuvo que "preocupa que un reglamento vincule una falla administrativa con la posible destitución de un alcalde electo democráticamente". El jefe comunal insistió en que "más aún" resulta preocupante "enterarnos de esto por la prensa, sin ningún tipo de trabajo previo con alcaldes", y pidió al Ejecutivo que aclare el punto antes de que el reglamento avance en su tramitación.

Un reglamento pendiente desde agosto

La Ley de Seguridad Municipal entró en vigencia el 12 de agosto, seis meses después de su promulgación, pero buena parte de su aplicación práctica seguía condicionada a la publicación de su reglamento. Según pudo establecerse, el decreto supremo firmado por el Presidente José Antonio Kast que contiene el reglamento ingresó a la Contraloría el 2 de septiembre, un documento de 53 páginas que fija las reglas operativas para los municipios.

La redacción del texto estuvo a cargo del subsecretario de Prevención del Delito, Gonzalo Guerrero, abogado experto en Derecho Público, quien trabajó en base al borrador que había avanzado su antecesora en el cargo, Carolina Leitao, y en diálogo con representantes de la asociación de municipalidades.

El artículo 8 y la polémica causal de cese

El punto que encendió las alarmas es el artículo 8 del reglamento, que obliga a las municipalidades a verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos antes de designar a un director de seguridad pública o a los inspectores municipales. La norma establece que "la infracción a lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a una sanción administrativa, de conformidad con lo establecido en la ley N° 18.883, pudiendo configurar, en el caso del respectivo alcalde, la causal de cese del cargo dispuesta en el literal c) del inciso primero del artículo 60 de la ley N° 18.695".

Esa causal corresponde a la "remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa o notable abandono de sus deberes", contemplada en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Es decir, un error administrativo en la verificación de antecedentes de un funcionario podría terminar arrastrando al alcalde hasta la destitución.

Un problema constitucional, según expertos

La discusión no es solo política. El abogado Gabriel Osorio, especialista en Derecho Público, planteó reparos de fondo sobre la forma en que el Ejecutivo introdujo esta disposición.

"El artículo 125 de la Constitución establece que la ley orgánica constitucional es la que fija las causales de cesación del cargo de alcalde. Sorprende que el poder Ejecutivo quiera reemplazar al legislador orgánico constitucional e intente, mediante potestad infralegal, establecer causales nuevas de cesación del cargo de alcalde. Lo que propone el poder Ejecutivo en su reglamento es totalmente inconstitucional", afirmó a La Tercera.

La versión del Gobierno

En el Ejecutivo rechazan esa lectura y niegan haber creado una figura sancionatoria inédita. Sostienen que el artículo 8 no crea una nueva causal de cesación, apoyándose en que el inciso final del reglamento solo "habla de "pudiendo configurarse"", y argumentan que la norma recoge criterios ya aplicados por los tribunales electorales regionales y el Tribunal Calificador de Elecciones respecto del notable abandono de deberes cuando una autoridad no fiscaliza el cumplimiento de una obligación.

Vodanovic, otra vez en primera línea

La molestia de Vodanovic no aparece aislada. El alcalde de Maipú ha mantenido una presencia constante en la discusión pública sobre la Ley de Seguridad Municipal, en un contexto de tensiones repetidas entre el municipalismo y el Gobierno por el diseño e implementación de esta normativa. En su publicación, el edil fue categórico: "La autonomía municipal también debe respetarse".

El punch final

El reglamento recién inicia su trámite en la Contraloría, un proceso en el que el Ejecutivo puede retirar el decreto para introducir correcciones y reingresarlo, algo que suele repetirse más de una vez antes de la aprobación definitiva. Será la Contraloría la encargada de examinar la juridicidad del decreto durante el proceso de toma de razón, por lo que será ese organismo, y no el debate político, el que determine si la norma que preocupa a Vodanovic y a los alcaldes del país logra sobrevivir intacta.

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