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La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la condena de 12 años de cárcel contra una madre que intentó matar a su propia hija de 8 años en 2020, siendo sentenciada por parricidio frustrado.

Así lo consignó Meganoticias, desde donde detallaron además que el intento de parricidio ocurrió el 4 de noviembre de 2020 en Osorno. Durante la noche, la madre abrió las llaves del paso de gas y prendió fuego, lo que generó una gran explosión en el domicilio. Así es como la madre planeaba darle muerte a su hija.

Además de los daños que afectaron a la vivienda, la hija afectada quedó con lesiones graves: quemaduras en su frente y cuero cabelludo, abdomen, extremidades inferiores y superiores, quedando con un 21,5% de su superficie corporal total quemada de acuerdo a lo consignado por el Servicio Médico Legal, según publicó Meganoticias.

La defensa de la madre acusada había alegado una aplicación equivocada de derecho por parte del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno al momento de deliberar la sentencia. Sin embargo, la Corte de Apelaciones desestimó los argumentos.

«La prueba aportada por el Ministerio Público permitió causar al juzgador la convicción de la ocurrencia del hecho punible y la participación de la acusada (…) en los términos que se indican en la misma sentencia; en concreto, el Tribunal determina de acuerdo a sus facultades que la prueba goza de la calidad valorativa para establecer la hipótesis de cargo, igual característica que el resto de las probanzas que pudieron corroborarla«, consigna el fallo según lo publicado por el medio mencionado.

«La sentencia determina que la acusada, conociendo las relaciones que la ligan a la víctima (hija), con el ánimo de causar su muerte y la de su hija de 8 años de edad, estando con la niña al interior del departamento donde vivían, mediante una acción dolosa e intencional procedió con tal propósito a abrir las llaves de paso de una cocina a gas existente en el lugar«, se agrega en el fallo.

Asimismo, continúa señalando que lo anterior «provocó acumulación de gas licuado, para luego proceder a encender un elemento idóneo que provocó una explosión que causó daños en la vivienda y lesiones de gravedad en la niña y la acusada, no verificándose la muerte de ésta por causas independientes a su voluntad, parecer que es compartido por esta Corte y que permite desestimar el recurso, en este acápite».

Dicho lo anterior, el documento concluye apuntando que «se rechaza el recurso de nulidad deducido por la defensa en contra la sentencia pronunciada por la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno».

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SOBRE EL AUTOR

Constanza Reveco Montero

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