Los diputados Pepe Auth, Gonzalo Fuenzalida, Loreto Carvajal, Luciano Cruz-Coke, Renato Garín, Jorge Rathgeb, René Saffirio, Pamela Jiles, Issa Kort y Karim Binchi, presentaron un proyecto de ley que declara imprescriptibles al homicidio calificado, femicidio, infanticidio y violación con homicidio
Luego de la celebrada imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores de edad, ha emergido una evidente incongruencia que contraría el sentido común. Porque, si pasados 15 años se descubren en el patio de su casa los restos de la esposa e hijos del parricida que los asesinó, habría que demostrar que los menores fueron violados para poder sancionarlo penalmente. Si eso no fuera posible, el parricida quedaría libre.
Delitos como el Homicidio Calificado, el Infanticidio, el Femicidio y la Violación con Homicidio, que son considerados especialmente repudiables por la sociedad y tienen sanciones que pueden llegar a la pena de prisión perpetua efectiva, son eximidos de toda sanción por el solo paso del tiempo.
Si bien la prescripción tiene fundamento en la necesidad de certeza jurídica y tiene sentido que pasado cierto número de años se extinga la responsabilidad penal, cuando se trata de un delito contra la vida la única certeza jurídica debiera ser la obligatoriedad de sanción penal.
Para mantener el Código Penal como una entidad coherente, estos ilícitos deben igualmente ser declarados imprescriptibles.
Otros ordenamientos jurídicos, como los países anglosajones, Italia, Estados Unidos y Perú, ya han declarado imprescriptibles el Homicidio Calificado.
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