Tras la determinación de la jueza Catalina Cabello de absolver al exteniente coronel de Carabineros, Claudio Crespo, se abrió un intenso debate sobre las razones jurídicas que llevaron al Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago a adoptar este veredicto.
Afuera del Centro de Justicia una serie de manifestantes se encontraron, unos apoyando al diputado Gustavo Gatica y otros a Claudio Crespo. Era la expresión de lo que vendría unas horas después de que la jueza leyera el veredicto.
Diferentes organizaciones, instituciones y personalidades reaccionaron ante la decisión del tribunal, mientras que los protagonistas se pronunciaron con mensajes cruzados que representan la polarización que ha generado el caso desde el martes pasado.
Gustavo Gatica: «Hoy se acreditó que Claudio Crespo fue el autor del disparo»
Minutos después del fallo, el primero en hablar públicamente fue el diputado por el Distrito 8, Gustavo Gatica, quien lamentó el fallo del tribunal: “Claramente, yo no estoy satisfecho con el resultado, sin embargo, hay algo que tranquiliza mi corazón y es que hoy día en el juicio se acreditó que Claudio Crespo fue el autor del disparo”.
Asimismo, agregó: «¿Por qué una persona que le quita la visión a otro ciudadano no es condenado?». Además, Gatica cuestionó el veredicto y manifestó que no descarta llegar a organismos internacionales.
La polémica del «meme» y el apoyo político
Una de las reacciones más controversiales provino del propio Claudio Crespo. A través de sus redes sociales, el exuniformado compartió una imagen editada de Gustavo Gatica en una lápida, acompañada del mensaje: “Que en Paz Descanse el Octubrismo”.

Posteriormente, y tras desatar una ola de críticas, el exfuncionario sostuvo en conversación con Radio Agricultura que todo lo que ocurrió post 18 de octubre “no trajo ninguna cosa favorable a nuestro país. Todo lo contrario”, asegurando que el meme buscaba “matar el relato que se entabló en el octubrismo”.
En la vereda política, la concejala del Partido Republicano en Maipú, Karen Garrido, celebró el fallo en su Instagram: “Valoro profundamente que los fallos se basen en pruebas y no en presiones, relatos o juicios anticipados. La verdad, aunque a veces tarde, siempre termina saliendo a la luz”.
Por otra parte, el concejal de Maipú, Ariel Ramos (PC), quien estuvo dentro de las personas que acompañaron a Gustavo Gatica, afirmó que «hoy en Chile ganó la impunidad» y agregó que «hoy quedó acreditado que la escopeta disparada por Crespo causó ese daño irreparable, que se borró evidencia y que incluso se intentó culpar a subordinados. ¿Qué precedente marca este fallo? ¿Que manifestarse puede costarte la vista o incluso la vida?».
También se sumaron voces expertas que cuestionan el fondo jurídico. Angélica Torres, académica e investigadora adjunta del Programa de Reformas Procesales y Litigación UDP, calificó de “preocupante” la determinación.
“El fallo es preocupante desde una perspectiva de los estándares de derechos humanos. En particular en lo que dice relación con el uso de la fuerza (…) Lo que uno lee entre líneas es que estaría permitido disparar a un manifestante a los ojos para repeler una agresión con piedras”, expresó la abogada.
Las reacciones del Presidente Gabriel Boric y las críticas en su contra
El jefe de Estado dijo entrevista con CNN “que lo que sí queda claro es que cuando se identifica que una persona determinada disparó y le quitó los ojos a otra persona que estaba en una manifestación y no hay una condena por aquello cunde el desconcierto”.
Posteriormente, con el pasar de las horas profundizó en estas declaraciones en un punto de prensa: “Tengo el deber de hablar desde los principios y desde el corazón, y decir que en este caso debe haber justicia, debe haber justicia, y que si se establece que una persona le quitó los ojos a otra, no puede haber impunidad».
A la serie de críticas ante las palabras de Boric , se sumó la Asociación Nacional de Magistrados, a través de un comunicado criticó directamente las declaraciones del mandatario: “No compartir públicamente una decisión jurisdiccional fuera de los mecanismos que el propio ordenamiento jurídico contempla, debilita la confianza ciudadana en el sistema de justicia y afecta el principio de separación de poderes, alterando gravemente la independencia judicial, pilar fundamental en un Estado de Derecho”.
Gatica y la piedra en su mano
Uno de los aspectos que encendió el debate fue que el Tribunal diera por acreditado que Gustavo Gatica, al momento de recibir el impacto, portaba una piedra en su mano. Este hecho fue destacado por el diputado de Renovación Nacional, Andrés Longton, quien defendió el actuar de Claudio Crespo en el programa Aquí Se Debate de CNN Chile.
“Acá nadie habla del riesgo de la vida del carabinero. Un carabinero tiene que estar por sobre cualquier otra persona que intenta atacarlo o quitarle la vida”, planteó Longton.
Ante los cuestionamientos de la diputada PC Alejandra Placencia, el parlamentario RN insistió: “Las imágenes son lo suficientemente contundentes. Gustavo Gatica estaba cometiendo delitos (…) Me parece que claramente buscaba herir, lesionar y, eventualmente, quitarle la vida a un Carabinero”.
El peso de la Ley Naín-Retamal en la absolución de Claudio Crespo
Más allá de la discusión política, el veredecito a favor de Claudio Crespo ha sido analizado por expertos como la primera gran prueba de la Ley Naín-Retamal. Las primeras reacciones apuntaron directamente a esta normativa aprobada durante el actual Gobierno, sin embargo, algunos abogados afirmaron que incluso lo escrito previo a la ley Crespo podría haber sido absuelto.
Juan Pablo Mañalich, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, en entrevista con Radio Análisis, dijo que «quienes dicen que la Ley Naín- Retamal no tuvo efecto, no han leído el veredicto rigurosamente».
Según explicó a La Voz de Maipú, Angélica Torres, académica de la UDP, el veredicto muestra cómo esta normativa está teniendo consecuencias directas en la justicia, influyendo en dos aspectos clave: la forma en que se prueban los apremios ilegítimos y la presunción de legítima defensa.
“Era una exigencia del tipo penal que no estaba antes de la Ley Naín-Retamal. Como el tipo penal de apremios ilegítimos ahora exige que el funcionario policial actúe con infracción de los reglamentos, se criticó que la Fiscalía no invocara toda la normativa interna de Carabineros, sino solo dos circulares. Los jueces dijeron que, como no se invocó toda la normativa, no era posible establecer con claridad cuáles eran los reglamentos infringidos”, detalló Torres.
El segundo punto es la legítima defensa «privilegiada». El Tribunal consideró que el lanzamiento de piedras constituía una agresión «potencialmente letal», lo que activó la protección legal para Claudio Crespo.
“Para que concurra la legítima defensa privilegiada tiene que existir una agresión actual y real. El Tribunal consideró que esa agresión existía. Y en esas circunstancias, la ley dice que se presume la necesidad racional del medio empleado; es decir, que el disparo con la escopeta antidisturbios era el medio necesario para repeler esa agresión”, explicó la experta UDP.
Crespo como autor del disparo: una certeza judicial
Pese a la absolución, el fallo dejó una certeza jurídica que fue rescatada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH): fue Claudio Crespo quien disparó.
“Lo más relevante del veredicto es que el tribunal tuvo por acreditado, más allá de toda duda razonable, que quien ejecutó el disparo que hirió y dejó ciego total e irreversiblemente a Gustavo Gatica fue efectivamente el acusado”, señaló Beatriz Contreras, jefa regional Metropolitana del INDH.
Para el organismo, la absolución penal no borra la violación a los derechos humanos. “Lo que queda clarísimo es que Gustavo Gatica es víctima de una grave violación ocasionada por agentes estatales, dado que el día 8 de noviembre de 2019, siendo las 18:00 horas, no tenía ningún problema en su visión y horas más tarde había perdido de manera total la vista en sus dos ojos”, agregó Contreras.
Desde la academia, Angélica Torres coincide en este punto, advirtiendo que, bajo la actual legislación, la autoría material pasó a segundo plano frente a la justificación del acto.
“A pesar de que se tuvo por acreditado que Crespo efectuó los disparos, el tribunal estimó que la conducta estaba justificada. Es decir, que el policía podía disparar a los ojos del manifestante en las circunstancias en las que se encontraba. Y eso es lo que dice el tribunal básicamente cuando aplica la legítima defensa privilegiada que incorporó la Ley Naín-Retamal”, concluyó la académica.
El INDH ya anunció que quedará atento al contenido final de la sentencia para analizar la interposición de un eventual recurso de nulidad.
Por su parte, dentro de las últimas apariciones en prensa de Claudio Crespo, el ex uniformado negó su autoría en las lesiones del recientemente electo diputado por el Distrito 8, culpó a la administración de Sebastián Piñera por «no bajar la intensidad del conflicto» e incluso afirmó que»Yo solidarizo con Gatica, pienso en sus padres, y a veces converso con mi esposa y le digo qué difícil debe ser quedar ciego, pero yo siempre sostuve que aquí hubo un error institucional grave y que alguien debía hacerse responsable».
Las últimas declaraciones de Crespo fueron duramente criticadas, ya que se acreditó judicialmente que él fue el autor del disparo que cegó al diputado Gatica.
La sentencia final de este caso será entregada el miércoles 13 de mayo.









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