Este martes, se dio a conocer el ingreso a la Corte de Apelación de un recurso interpuesto por la exalcaldesa Cathy Barriga donde solicita la eximisión del pago de las costas tras el juicio que elevó en contra de la periodista Paulina de Allende-Salazar, el cual se resolvió a favor de la comunicadora hace algunas semanas.
La exedil, representada por la abogada experta en Derecho Procesal, Pamela Cisternas Cortés, señala en el documento presentado en primera instancia en el 8° Juzgado de Garantía De Santiago que “las costas como sanción o carga procesal procede cuando la parte derrotada no ha tenido motivo plausible para litigar” y asegura que en este caso sí lo ha tenido.
“La querellante inició la presente acción por estimar que la publicación y la forma de cómo se interpretó un informe en un medio de comunicación masivo en relación al servicio público que en ese momento ejercía mi representada, mostrándolo siempre con un énfasis negativo”, argumenta la también académica.
Cabe recordar que se trata del reportaje televisivo que salió al aire en el matinal de Mega “Mucho Gusto”, el cual mostró una serie de eventuales irregularidades cometidas por Cathy Barriga durante su gestión, principalmente en lo que respecta al pago de horas extra, investigación que si bien fue realizada por de Allende-Salazar y su equipo, durante el espacio también fue analizado por Diana Bolocco, José Antonio Neme y Roberto Saa, quienes se vieron igualmente involucrados en la acción judicial.
A pesar de la insistencia de la exalcaldesa -quien por cierto, vuelve en unos días a la televisión como panelista de “Me Late”-, el pasado 19 de abril el tribunal falló a favor de la periodista priorizando el derecho a la información, resolviendo además que debía asumir el pago de las costas, es decir, los gastos en los que debieron incurrir los recurrentes en el proceso judicial.
Y es esto lo que precisamente no quiere Barriga, argumentando que lo expuesto en el matinal, tanto en su contenido como en su forma, afectó negativamente su imagen y a pesar de lo dictado finalmente en la sentencia, esta de todas maneras reconoce que “sí hubo hechos probados”.
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