Un dictamen clave de la Contraloría General de la República ha puesto orden en una controversia que había generado ruido tanto político como mediático en la comuna de Maipú. La resolución N° E106861 de 2025 confirma que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) debe pagar derechos municipales por la ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público (BNUP) durante la construcción de tres estaciones del Proyecto Tren Alameda Melipilla, pero con la opción a una rebaja del 50%, tal como lo establece la ordenanza local vigente.
Este dictamen llega disipando las acusaciones y las cifras alarmistas que habían circulado en torno a estos cobros, particularmente las proferidas por el diputado Agustín Romero, quien llegó a afirmar que, según sus cálculos, el «perjuicio financiero» era «de más de 78 mil millones de pesos«.
Un proyecto con más de 20 años de espera
El Proyecto Tren Alameda Melipilla es una obra emblemática que pretende beneficiar a más de 250 mil habitantes de Maipú con un servicio ferroviario largamente esperado. Para edificar las estaciones Vespucio, Ciudad Satélite y Tres Poniente, EFE ha ocupado temporalmente bienes públicos para almacenamiento de materiales, instalación de andamios y cierres de obra, lo que obliga a pagar derechos municipales.
Sin embargo, la polémica se desató en marzo de 2024 cuando el diputado Agustín Romero, junto a su par Leonidas Romero, acusaron que la Municipalidad de Maipú, bajo la administración del alcalde Tomás Vodanovic, eximió ilegalmente a EFE de estos pagos. La denuncia hablaba de un supuesto perjuicio financiero para el municipio superior a 78 mil millones de pesos, cifra que generó alarma y fue replicada por diversos medios y actores políticos.
En contraste con esta denuncia, la Municipalidad de Maipú aclaró que el cobro máximo por la ocupación de los BNUP asciende a aproximadamente 182 millones de pesos, una cifra calculada en base a metros cuadrados utilizados y la Unidad Tributaria Mensual vigente en agosto, sin aplicar ningún tipo de rebaja. Cabe señalar que la fórmula utilizada para el cálculo fue la sugerida por la propia Contraloría General de la República y resulta ser evidentemente menor que las cifras millonarias difundidas erróneamente.
Dictamen de Contraloría
El dictamen N° E106861 responde a una consulta de EFE que solicitaba aclarar la aplicación de un oficio anterior que señalaba la obligatoriedad del pago sin concesiones. Contraloría confirmó que, aunque la Ley de Rentas Municipales no permite exenciones totales a instituciones estatales, la Municipalidad sí puede aplicar rebajas de hasta un 50% en derechos municipales, en concordancia con la ordenanza local, aunque de todas formas optó por no hacerlo y cobrar el monto final calculado de manera íntegra.
Lo que de todas formas no quedó resuelto de forma explícita por parte de Contraloría es si aplica un cobro retroactivo. EFE solicitó expresamente que, en caso de que el cobro de los derechos resultara procedente, estos no fueran cobrados en forma retroactiva, en tanto la Municipalidad también manifestó que no corresponde el cobro retroactivo de dichos derechos, argumentando que EFE «se ha encontrado en todo momento de buena fe».









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