La Corte de Apelaciones de Santiago formalizó este martes, mediante una sentencia de 55 páginas, su decisión de desaforar al diputado Joaquín Lavín León (ex UDI), abriendo paso a su formalización por delitos de fraude al Fisco, tráfico de influencias, falsificación de instrumento mercantil y delitos tributarios.
La resolución, respaldada por la amplia mayoría del pleno —con solo dos votos disidentes de los ministros Juan Cristóbal Mera y Jaime Balmaceda—, despeja el camino para que la Fiscalía Metropolitana Oriente pueda formalizar al parlamentario. Entre los querellantes del caso destaca la Municipalidad de Maipú, que se sumó a la acción judicial junto al Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Consejo de Defensa del Estado (CDE).
Facturas adulteradas y reembolsos improcedentes
Según establece el fallo del tribunal de alzada, existen antecedentes concretos sobre la presentación de facturas con fechas alteradas para obtener reembolsos parlamentarios indebidos. «Existen también antecedentes de que se rindieron facturas cuyas fechas habrían sido alteradas al momento de su rendición, agregando fechas que permitieran la rendición en un mes que no correspondía», señala el documento judicial.
La investigación, liderada por la Fiscalía Metropolitana Oriente, apunta a un esquema de rendición de facturas falsas que habría permitido obtener recursos públicos de manera irregular, además del presunto financiamiento ilegal de campañas políticas.
Defensa de Joaquín Lavín apelará ante la Suprema

El equipo jurídico del Diputado Joaquín Lavín ya adelantó que recurrirá a la Corte Suprema para revertir esta decisión, siguiendo el mismo camino que han tomado otros diputados desaforados. El máximo tribunal deberá pronunciarse sobre si confirma o rechaza la solicitud del Ministerio Público.
En su defensa durante el proceso, Lavín negó su participación en los hechos imputados. Sin embargo, el tribunal consideró que sus argumentos «no logran desvirtuar lo concluido respecto a la existencia de antecedentes justificativos de los delitos investigados y de presunción fundada de participación del imputado en los mismos».
Un antejuicio necesario
La Corte de Apelaciones aclaró en su sentencia que el desafuero «no constituye un proceso independiente especial, sino una condición de procesabilidad, un antejuicio de probabilidad» que busca evaluar si existen méritos suficientes para someter a juicio al parlamentario.
Con esta resolución, la Fiscalía podrá avanzar en la formalización de Lavín y solicitar las medidas cautelares que estime pertinentes. El tribunal dejó establecido que la determinación final sobre la configuración de los delitos y la responsabilidad del diputado deberá resolverse en el juicio de fondo, «instancia donde también deberán resolverse los problemas de tipicidad de las conductas, así como los concursales que puedan surgir respecto de los hechos investigados».









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