Las elecciones municipales y regionales que se desarrollarán durante el sábado 26 y domingo 27 de octubre tienen la condición de ser obligatorias, por lo tanto, hay una serie de normativas que se aplican para las diferentes situaciones que podría presentar un elector. A continuación, te dejamos una serie de respuestas a algunas de las interrogantes más comunes del electorado en la previa de estos comicios.
¿Qué cargos se eligen en estas elecciones?
Los cargos que la ciudadanía podrá votar en estas elecciones son a los gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales. En el caso de Maipú, hay 94 candidatos a concejales, 8 candidatos a Gobernadores Regionales, 6 candidatos a alcalde y 35 aspirantes a la consejería regional.
¿Debo ir a votar dos veces?
Las elecciones se celebrarán en dos jornadas, pero solamente se debe ir a una. Es decir, los votantes deben elegir entre votar el sábado 26 o domingo 27 de octubre entre las 08:00 y las 18:00 horas, horario en que estarán abiertas las mesas para sufragar.
Los 397.910 habilitados para votar en Maipú, deberán asistir a uno de los 54 locales de votación, de lo contrario, serán multados con 0,5 unidades tributarias mensuales (UTM), aproximadamente $33.280 o iniciar el proceso de excusa ante el Juzgado de Policía Local correspondiente.
¿Dónde y cuándo puedo excusarme por no poder ir a votar?
Si uno de los días de elecciones se encuentra enfermo, está fuera del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, o no hubiesen podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave, la multa no se aplicará. Sin embargo, esta excusa debe acreditarse ante el juez de policía local competente.
En el caso de encontrarse a más de 200 kilómetros del local de votación, el proceso de excusa debe iniciarse a través de la página de la Comisaría Virtual de Carabineros, ingresando con la Clave Única y llenando un formulario que entregará un código alfanumérico.

Luego de este proceso, es necesario acudir, durante cualquiera de los dos días de votación, a la unidad de Carabineros más cercana con el código y la cédula de identidad y dejar constancia de la razón por la que no puede ir a votar. Es importante guardar el comprobante de este trámite, para después presentarlo ante el juez al momento de recibir la citación posterior del Juzgado de Policía Local.
Desde Carabineros, aclaran que este trámite no es necesario para aquellos que no se presenten a sufragar por estar gravemente enfermos o por encontrarse fuera del país, ya que estos deberán presentar las justificaciones posteriormente, ante el juez de policía local.
También es importante mencionar que este proceso solo debe realizarse en una de las dos jornadas, no en ambas. “La persona que se disculpa, nosotros entendemos que está a 200 kilómetros y va a mantenerse a los 200 kilómetros los dos días. Basta una vez que vaya a dejar constancia”, señaló el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle a Radio Bío Bío.
¿Qué pasa si soy vocal y no puedo ir a constituir mi mesa de votación?
Como el plazo para excusarse por el no cumplimiento ya pasó, aquel ciudadano o ciudadana que no se presente a constituir su mesa, será multado. En este caso, el valor de la multa sería entre 2 a 8 UTM, equivalentes a $133.122 y $532.488, respectivamente.
¿Qué pasa si trabajo ese día?
La Dirección del Trabajo emitió un dictamen sobre las normas laborales imperantes para las elecciones de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales. Esta reglamentación detalla que «quienes laboren el sábado 26 y descansen el domingo 27 podrán sufragar o excusarse en cualquiera de ambos días».
El dictamen N°656/24 detalla que «El sábado 26 de octubre (…) es un día hábil, correspondiendo por tanto que los dependientes den cumplimiento a la jornada de trabajo pactada con su empleador, sin perjuicio de asistirles el derecho a ausentarse de sus labores por un lapso de 3 horas para concurrir a sufragar, sin que ello implique menoscabo en sus remuneraciones», por lo que todos quienes estén en su horario laboral durante el sábado de voto obligatorio, tendrán 3 horas para votar o excusarse. En el caso del día domingo 27, el día es feriado irrenunciable, por lo tanto no les correspondería trabajar esa jornada.
La normativa también explica que aquellos que están «legalmente exceptuados de descanso» el domingo 27, o sea, deben ir a trabajar, también tendrán 3 horas para sufragar o excusarse.
Protocolos para personas con discapacidad
Para estas elecciones, desde Servel se han anunciado protocolos para el buen trato para personas con discapacidad, las cuales van a estar vigentes para las elecciones del 26 y 27 de octubre.

Además, Servel ha puesto a disposición del público los informativos detallados sobre estos protocolos en su sitio web. Implementando diversas medidas que fomentan la participación, como el voto asistido para personas con discapacidad y personas mayores, plantillas en braille y ranuras adaptadas para votantes con discapacidad visual, interpretación en lengua de señas a través de la plataforma Vi-Sor para personas sordas, y la posibilidad de ingresar a los locales de votación con perros de asistencia, entre otras iniciativas.



Para más información sobre el voto asistido, el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis) del Ministerio de Desarrollo Social y Familia publicó sobre el voto asistido y todas las medidas pertinentes que se aplicarán este fin de semana de elecciones.
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