Este viernes, la Corte de Apelaciones de Santiago dio a conocer su resolución respecto de la última denuncia puesta en contra de Jacqueline Garrido Guajardo, jueza del Tercer Juzgado de Policía Local de Maipú, acusada de un reiterado maltrato psicológico y laboral hacia los funcionarios y funcionarias que trabajan en dicho tribunal.
Tal como publicó La Voz de Maipú hace unos meses, dentro de los testimonios se mencionaron situaciones de menoscabo, humillaciones e incluso “castigos” cuando las cosas no ocurrían como la magistrado esperaba.
«Ha sido un nivel de violencia sicológica y de manipulación impresionantemente constante. Identifica minuciosamente con qué te puede humillar tanto laboral como personalmente, y cuando se le da la oportunidad lo utiliza. Hasta vigilaba qué llevabas de comida y lo criticaba. Otro método recurrente ha sido ponernos los unos contra los otros, de tal manera que no pudiéramos confiar en nadie», señaló uno de los denunciantes a La Voz en aquella ocasión.
El pasado 3 de enero, el alcalde Tomás Vodanovic respondió a un oficio de la Corte en el que se solicitaba un informe respecto del desempeño de los Jueces de Policía Local, oportunidad en que la máxima autoridad aprovechó para exponer las conductas “reprochables, graves y reiteradas” que los trabajadores del Tercer Juzgado afectados ya habían hecho llegar ante la nueva administración municipal.
Esta acción logró poner en curso un sumario contra la magistrado para investigar las posibles “conductas constitutivas de maltrato laboral”, y en ese sentido cabe recordar que el cargo de Garrido es propuesto a través de una terna precisamente por la Ilustrísima Corte de Apelaciones, y de esta instancia depende toda materia disciplinaria, y no del Municipio como ocurre con el resto de los funcionarios.
Resolución de la Corte
Tomando en consideración no solo los diferentes relatos que presentaron al menos 11 de los afectados, sino también oficios, correos y otros antecedentes que se adjuntaron en el caso, se dieron por acreditadas las conductas de acoso laboral y discriminación arbitraria, “constituyendo tales inconductas una infracción grave a la función judicial”.
Según la documentación, a pesar de que el fiscal solicitó la medida de “amonestación privada”, la Corte resolvió imponer la sanción disciplinaria de suspensión de funciones por dos meses con goce de medio sueldo.
En la misma línea, se decidió oficiar a la unidad de Recursos Humanos para que se considere elaborar un “plan de intervención en materia de clima laboral […] para efectos que prime el buen trato en las relaciones personales y laborales de los funcionarios”.
Es necesario señalar que esta resolución puede ser nuevamente apelada por alguna de las dos partes, por lo que podría no ser el veredicto final del caso, lo que se sabrá en los próximos días.
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