El pasado 10 de diciembre, la Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó, de forma unánime, los recursos de casación en el fondo interpuestos contra la sentencia que condenó a nueve ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en el delito consumado de homicidio calificado del profesor Alan Williams Rodríguez Pacheco en enero de 1985 en Maipú.
El recurso presentado, iba en contra de la sentencia que condenó a Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés a 15 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.
Por su parte, 6 coautores fueron condenados a 10 años y un día de presidio, estos fueron: Rodolfo Enrique Olguín González, Víctor Eulogio Ruiz Godoy, José Guillermo Sala Fuentes, Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, Sylvia Teresa Oyarce Pinto y Claudio Segundo Sanhueza Sanhueza.
Asimismo, se mantiene la pena impuesta al noveno recurrente, Eduardo Avelino Fuenzalida Pérez, de 5 años y un día de presidio efectivo.
Fueron los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, la ministra María Cristina Gajardo y el abogado Eduardo Gandulfo quienes integraron la sala y se basaron en los resultados entregados para evaluar la apelación de los sentenciados. De esta forma, determinaron el rechazo de los 8 recursos presentados por las defensas de los ex CNI. Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla no aparece en el listado de los recursos presentados y posteriormente rechazados.
«Se rechazan los recursos de casación en el fondo interpuestos por los respectivos apoderados de los sentenciados Aquiles Mauricio González Cortés, Eduardo Avelino Fuenzalida Pérez, José Guillermo Salas Fuentes, Rodolfo Enrique Olguín González, Víctor Eulogio Ruíz Godoy, Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, Sylvia Teresa Oyarce Pinto y Claudio Segundo Sanhueza Sanhueza, enderezados contra de la sentencia definitiva de fecha 31 de diciembre de 2021, pronunciada por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, la que no es nula», detalla el fallo.
Caso Alan Williams Rodríguez Pacheco: De enfrentamiento entre el MIR y la CNI a ejecución en Maipú
Alan Rodríguez Pacheco, profesor de 28 años y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, vive junto a su esposa embarazada Emilia López en calle Victoria N° 2304, Maipú.
Durante la mañana del 3 de enero de 1985 ambos se encontraban en su domicilio, hasta que llegó el momento en que ella, que cumplía funciones administrativas en el Centro de Estudios Sociales y Económicos VECTOR, sale de su hogar, dejando solo al profesor, que en aquella época daba clases privadas.
Tras despedirse de su mujer, a eso de las 10:30 horas de la mañana, Alan es atacado por un contingente de la CNI. Dentro de los integrantes, había agentes de la «Brigada Azul», encargada de perseguir y exterminar a los integrantes del MIR.
«Las operaciones de las brigadas eran desarrolladas por agrupaciones o equipos de trabajo, compuestas por miembros del Ejército, Carabineros y de la Policía de Investigaciones de Chile, quienes seguían las órdenes impartidas por los jefes de las Brigadas«, señala lo expuesto en la investigación. En el caso de los condenados, estos cumplían diferentes roles dentro de la CNI.
- Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla: oficial (R) del Ejército de Chile
- Aquiles Mauricio González Cortés: coronel (R) del Ejército de Chile
- Eduardo Avelino Fuenzalida Pérez: suboficial Mayor (R) del Ejército de Chile
- Rodolfo Enrique Olguín González: inspector (R) Policía De Investigaciones
- Víctor Eulogio Ruíz Godoy: suboficial (R) del Ejército de Chile
- José Guillermo Salas Fuentes: suboficial (R) del Ejército de Chile
- Juan Alejandro Jorquera Abarzúa: suboficial (R) del Ejército de Chile
- Sylvia Teresa Oyarce Pinto: carabinera (R)
- Claudio Segundo Sanhueza Sanhueza: suboficial (R) del Ejército de Chile
«El ataque al inmueble duró incesantemente cerca de media hora, y como consecuencia de él, resulta muerto Rodríguez Pacheco por traumatismo cérvico torácico por herida de bala, y su cuerpo calcinado a consecuencia del incendio que se genera por el uso de armamento de guerra», rememora la investigación.
Tras confirmarse la muerte del profesor, la información que entregó la CNI a la prensa, y que se determinó como «oficial», detalló que «el operativo se habría desarrollado con la finalidad de detener a un sujeto ligado a actividades subversivas, pero cuando trataban de cumplir el cometido, fueron recibidos con ráfagas desde el interior del inmueble, y debieron repeler el ataque«, cuenta el fallo de la Corte Suprema.
Esta versión entregada en la época, fue desestimada tras las investigación por parte de la Corte, la cual se acogió a sus antecedentes para determinar que el objetivo del operativo era dar muerte al profesor, esto porque desde la CNI hubo una estrategia de seguimiento contra el ex militante del MIR, además de la preparación del ataque.
«De las diligencias efectuadas y la información acumulada durante el desarrollo de esta investigación, permiten sostener que la versión oficial fue tan solo un disfraz de lo que realmente aconteció, puesto que hubo desde un comienzo una preparación concienzuda del operativo, con seguimiento y vigilancias permanentes de Alan Rodríguez Pacheco, luego se establece con antelación su ubicación y rutina, ya que se espera el retiro del inmueble de su esposa, lo que permite la preparación del lugar y la base de fuego. Esta detallada gestación no son propias de una detención, sino de una acción que buscaba su muerte como resultado», estableció el tribunal.
Proceso judicial contra los 9 ex agentes de la CNI
Tras la investigación de la muerte de Alan Rodríguez Pacheco, en 2019 los 9 ex agentes de la CNI son condenados como responsables del a ataque al profesor. Entre finales de 2021 y principio de 2022, se confirmó «la sentencia apelada de fecha 19 de junio de 2019, (…) Rodolfo Enrique Olguín González, Víctor Eulogio Ruiz Godoy, José Guillermo Salas Fuentes, Juan Alejandro Jorquera Abarzua, Sylvia Teresa Oyarce Pinto y Claudio Segundo Sanhueza Sanhueza, quedan todos condenados a sufrir la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio como autores del delito de homicidio calificado de Alan Williams Rodríguez Pacheco, cometido en esta jurisdicción el 3 de enero de 1985«, expresa el fallo de 2022.
Además, «Se eleva la pena impuesta a los procesados Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla Y Aquiles Mauricio González Cortés como autores del mismo delito, a 15 años de presidio mayor en su grado medio, y las accesorias que el fallo en alzada les impone». Finalmente, en este mismo fallo, se aprobó el sobreseimiento definitivo contra el Sargento de Carabineros Rinoldo Alismer Rodríguez Hernández, quien también formó parte de los condenados, pero que falleció durante el proceso.
La actualización más reciente, fue el rechazo, publicado el 11 de diciembre de 2024, de los recursos de casación en el fondo que expusieron las defensas de los ex agentes de la CNI.
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