No era tráfico de influencias: Abogado es sobreseído por querella criminal presentada por Municipalidad de Maipú

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roberto garrido

Roberto Garrido, responsable del informe que advertía sobre las irregularidades en horas extras en 2019 y que Cathy Barriga ignoró, mantenía una querella criminal en su contra por supuesto tráfico de influencias que le impedía hacer de público conocimiento el informe.

«Ella sólo quería perjudicarme«, inicia comentando ex asesor de la alcaldesa, Roberto Garrido, quien tuvo que llegar a vender hasta su casa para poder costear la defensa jurídica por una querella criminal, por el delito de «tráfico de influencias», acción legal que fue solicitada por Cathy Barriga Guerra, quebrantando también así la confidencialidad y secreto profesional por mutuo acuerdo que sostenían.

El dictamen del 9° Juzgado de Garantía de Santiago es claro: «Sobreseimiento en esta causa al alero del artículo 250 letra A del Código Procesal Penal, esto es la inexistencia del delito por el que se ha ejercido la acción penal«.

Pero, ¿cómo nace este conflicto? Resulta que hace casi dos años, Barriga solicitó la contratación de un profesional vía trato directo para que realizara una consultoría sobre el funcionamiento interno del Municipio, principalmente en el tema presupuestario y qué mejor que seleccionar a un abogado con reconocida experiencia en la Contraloría General de la República: Roberto Garrido.

Sin embargo, una serie de situaciones hicieron sospechar internamente en la Municipalidad que había un posible tráfico de influencias, debido a que Garrido mantenía un estudio asociado con la abogada Claudia Ormazábal, hermana de la entonces brazo derecho de la directora jurídica, María Angélica Ormazábal.

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Querella criminal, tráfico de influencias.

Así, el 29 de Noviembre del año 2019 Erika farías, abogada que por mandato especial, otorgado por la alcaldesa Cathy Barriga, se dirigió al 9° Juzgado de Garantía de Santiago para notificar y solicitar una querella criminal por el delito de tráfico de influencias en contra de María Angélica Ormazábal, Claudia Ormazábal y Roberto Garrido.

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Extracto Querella

Sólo recién con fecha 06 de Enero del presente año 2021, la defensa de Garrido y Hormazábal encontraban al fin una resolución positiva y definitiva, donde parte del documento expresa:

Se dicte un sobreseimiento en esta causa al alero del artículo 250 letra A del Código Procesal Penal, esto es la inexistencia del delito por el que se ha ejercido la acción penal o bien por estar establecida la inocencia o no existir mérito por la vía de participación en los delitos de sus representados de conformidad al artículo 250 letra B, que se refiere a encontrarse claramente establecida la inocencia de los querellados, en relación al artículo 4° del Código Procesal Penal.

Tuvieron que pasar dos difíciles años en distintos procesos jurídicos, pero lo más angustioso, según nos confiesa Garrido, fue una serie de problemas personales y laborales a las que se vieron directamente afectados por la opinión pública: se le restó prestigio al estudio que recién habían formado y opacaron los casi ocho años de experiencia en los cuales se desempeñó con éxito en la Contraloría General de la República.

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Roberto Garrido

«Este era mi primer cliente grande. Al principio parecía ir todo bien y nunca pensé lo que vendría«. En esa línea, el abogado profundiza que «luego de casi 30 días de trabajo, el informe de diagnóstico o informe preliminar fue presentado en forma personal a la señora Alcaldesa con fecha 23 de agosto de 2019, en la sala de reuniones del edificio de la Alcaldía«.

«En una exposición de más de dos horas, a su entera satisfacción. En esa oportunidad la propia alcaldesa me solicitó que ahondara en algunos puntos y, especialmente en materia de horas extraordinarias, puesto que una de las novedades que se apreciaba del análisis de los estados financieros presupuestarios era la alta cantidad de egresos municipales por concepto de horas extraordinarias no justificadas«, continuó.

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Respecto a la decisión del municipio en denunciar y judicializar, Garrido expresa: «Tomé conocimiento de una denuncia anónima que se habría efectuado en base a una noticia publicada por La Voz de Maipú, en la Contraloría General y respecto de la cual la misma Contraloría había solicitado el informe a la Municipalidad de Maipú, requiriéndoles obviamente el informe que yo había elaborado y las boletas de honorarios emitidas, para verificar si se había cumplido o no con la labor contratada y pagada», parte contextualizado, para luego detallar su análisis y conclusiones.

«La nueva jefatura de la unidad jurídica de esa repartición comunal (que ya no se encuentra ejerciendo esa labor) se estima que habría aconsejado a la señora Alcaldesa judicializar el asunto, a través de una querella, para con ello inhabilitar a la Contraloría General y así lograr que el informe no fuera conocido por la Contraloría General ni publicado en los medios de comunicación, por las graves irregularidades advertidas y que, de no haberse adoptado las medidas pertinentes, podrían acarrear, la responsabilidad de la señora Alcaldesa, inclusive.»

Según el relato del abogado sobreseído, las inhabilidades con las que contaba para haber expuesto su testimonio y trabajo, le era imposible defenderse de la opinión pública sin entorpecer el largo proceso jurídico, disputa judicial que les hizo perder la casa que habían adquirido con su pareja y que tenían a sus colegas apuntándoles con el dedo por un delito que no habían cometido.

Resolución

Más arriba te mostrábamos la sentencia por sobreseimiento declarada por el Juzgado en el año 2020, dictamen al cuál la Municipalidad de Maipú apeló, aplazando la resolución del caso por dos meses más, llegando entonces a enero de 2021 a la misma conclusión y dictamen:

«Compartiendo los argumentos del a quo, se confirma la resolución
apelada de fecha veintisiete de noviembre de dos mil veinte, dictada por el
Noveno Juzgado de Garantía de Santiago

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