Este viernes, se hizo pública la resolución del Primer Tribunal Electoral (TER) de Santiago en relación a las “excepciones dilatorias” presentadas por la exalcaldesa Cathy Barriga que buscaban poner fin anticipado a uno de los requerimientos por notable abandono de deberes.
Cabe recordar que se trata de dos solicitudes de remoción en su contra, una interpuesta por concejales de oposición durante su gestión, en octubre de 2020 y la otra en julio de 2022 por un grupo de 7 concejales de la nueva administración.
Tal como señala el Diario Constitucional, se rechazó tanto “la excepción de litis pendencia”, que apelaba a que no se podía iniciar un nuevo proceso mientras otro similar esté pendiente (es decir, el segundo requerimiento no debía ser admisible a juicio de la defensa de Barriga por estar el primero del mismo tenor en curso), como también la solicitud de “corrección del procedimiento”, que exponía que el segundo requerimiento estaría presentado por concejales que no estaban en ejercicio cuando ocurrieron los hechos que se imputan, intentando con esto un término anticipado.
Antecedentes
La primera presentación ante el TER realizada en 2020 consta de un documento de 43 páginas donde se exponen “los fallos de la Contraloría General de la República relacionados con falta a la probidad administrativa, mal uso de dineros públicos, poca inversión en el agua potable municipal SMAPA, el tremendo perjuicio que realizó al patrimonio municipal al despedir a cerca de mil trabajadores y trabajadoras que fueron a los tribunales laborales y hasta el día de hoy siguen cobrando cuantiosas indemnizaciones”, entre otras cosas que señalaba por esos días el ex concejal Ariel Ramos.
Respecto del segundo requerimiento, la concejala Ka Quiroz indicó a La Tercera en su momento que se había reunido “bastante evidencia que permite afirmar que hubo graves irregularidades por parte de la exalcaldesa Cathy Barriga”, por lo que buscaban que “no exista impunidad por el daño que se le hizo a la comuna, a sus vecinas y vecinos, con el despilfarro de recursos de la gestión anterior”.
Argumentos del TER
En cuanto a los argumentos presentados por el Tribunal Electoral Regional para su decisión, se señala respecto de la “corrección del procedimiento” que “la interpretación sostenida por la requerida llevaría de manera inexorable al perverso efecto de vulnerar el cumplimiento del objetivo perseguido por el legislador”, esto es, verificar si hubo o no acciones u omisiones de parte de la exalcaldesa Cathy Barriga que afectaron la probidad administrativa independiente de quién lo presente.
Sobre la “excepción de litis pendencia”, el ente aseguró que se carecía de las “identidades necesarias” y no se dio a lugar por considerar que se trata de procesos distintos, cada uno con diferentes alegaciones, aunque vayan en la misma dirección y deban constituir un solo juicio y sentencia.
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