La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este martes la demanda de cobro de pesos interpuesta por la Municipalidad de Santiago en contra de Agustín Romero Leiva, diputado reelecto por el Distrito 8 (Maipú, Cerrillos, Estación Central, entre otras) y ex Director de Asesoría Jurídica del municipio.
La acción judicial, iniciada por la actual administración municipal, buscaba que Romero restituyera la suma de $11.320.978, correspondientes a horas extraordinarias supuestamente pagadas en exceso durante el año 2020, en plena pandemia.
El origen del conflicto: Informe de Contraloría
El caso se remonta al Informe Final N° 750 de la Contraloría General de la República, emitido el 20 de diciembre de 2021. Dicha auditoría detectó inconsistencias en los libros de asistencia y falta de justificación en los decretos que autorizaban trabajos extraordinarios bajo la administración del exalcalde Felipe Alessandri.
Según el municipio, Romero habría recibido pagos por horas extras que no estaban debidamente acreditadas o justificadas como «tareas impostergables», argumentando además que, en contexto de teletrabajo por COVID-19, no era admisible la realización de dichas labores fuera del recinto municipal sin el debido control.
La defensa de Agustín Romero: «Maniobra política»
El parlamentario del Partido Republicano se defendió alegando que los trabajos fueron efectivamente realizados y que todos los pagos se hicieron conforme a la ley, amparados en decretos alcaldicios que nunca fueron invalidados.
En su contestación, la defensa de Romero calificó la demanda como una «maniobra con ribetes políticos», acusando a la administración de Irací Hassler de seleccionar a exfuncionarios específicos para iniciar acciones civiles y penales, publicitándolas en prensa y redes sociales. Asimismo, argumentó que la acción estaba prescrita, dado que habían transcurrido más de dos años desde que dejó el cargo en junio de 2021.
El fallo del tribunal: Falta de pruebas y legalidad de los actos
La Ministra de Primera Instancia, Marisol Rojas Moya, desestimó la demanda basándose en puntos clave que debilitaron la posición del municipio:
- Tacha de testigos: El tribunal acogió la inhabilidad de los testigos presentados por la Municipalidad (directores en la época de Hassler), dado que mantenían una relación de dependencia laboral con la parte demandante, lo que resta imparcialidad a su testimonio.
- Presunción de legalidad: El fallo establece que las horas extras estaban respaldadas por Decretos Alcaldicios (N° 1327/2019, N° 299/2020, entre otros) y registros de asistencia que gozan de presunción de legalidad. El tribunal razonó que el municipio no realizó un proceso de invalidación previo de estos actos administrativos antes de demandar.
- Insuficiencia probatoria: La sentencia es crítica con la gestión municipal, señalando que si bien Contraloría detectó falta de control interno, el municipio se limitó a presentar una querella y una carta de cobranza, sin realizar los sumarios administrativos pertinentes ni peritajes que demostraran que Romero no trabajó esas horas.
El fallo concluye que:
«Encontrándose respaldadas las horas extraordinarias con los respectivos decretos alcaldicios […] actos administrativos que gozan de presunción de legalidad […], lo que no se ha desvirtuado por parte de la demandante, la acción de autos no podrá prosperar».
Finalmente, el tribunal resolvió rechazar la demanda en todas sus partes, determinando que cada parte deberá pagar sus propias costas del juicio.
