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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció esta mañana que presentó una demanda colectiva contra ENEL Distribución Chile S.A. y ENEL Colina S.A., del que depende la comuna de Maipú.

Según la agencia del Estado de Chile, la propuesta no compensaba adecuadamente a todos los consumidores que fueron afectados por el corte y demora excesiva en la reposición del suministro de energía ocurrido entre los días 29 de enero y 2 de febrero de 2021 en la Región Metropolitana.

Por lo mismo, apuntan a que la propuesta indemnizatoria presentada por la compañía de electricidad fue considerada insuficiente.

«Lo anterior, pese a que se emitieron alertas tempranas preventivas del sistema frontal por la ONEMI para la Región Metropolitana», afirmó el Sernac.

El director Nacional del Sernac, Lucas Del Villar, explicó que el objetivo de esta acción es que los tribunales establezcan compensaciones justas, proporcionales y que beneficien a todos los usuarios de Enel que se vieron afectados por el prolongado corte que dejó sin electricidad a miles de consumidores en la Región Metropolitana.

«Cuando estamos hablando de un servicio tan básico e importante como la electricidad, las empresas deben ser todavía más profesionales y compensar, oportuna y adecuadamente, ante demoras injustificadas en el restablecimiento del suministro. Quedar sin suministro por varias horas, puede afectar el trabajo en el contexto de pandemia, el estudio de los niños e incluso afectar la salud cuando hablamos de personas electrodependientes«, expresó.

Del Villar agregó que, si bien el Sernac por lo general intenta irse por «el camino más corto y eficiente para obtener compensaciones para los consumidores a través de los Procedimientos Voluntarios Colectivos, en este caso, la propuesta de ENEL fue insuficiente al no beneficiar a todo el universo de consumidores que se vieron afectados«.

Enel, por su parte, había indicado que solo estaba dispuesta a compensar a los usuarios que fueron afectados por el corte por un período de tiempo superior a las 20 horas, lo que fue rechazado por el SERNAC.

Por norma, en materias de electricidad los consumidores tienen derecho a recibir el servicio por el que pagaron, sin interrupciones, y a ser compensados por el tiempo que no tuvieron el servicio cuando no es así.

En este último caso, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para reponer el servicio lo antes posible, así como contar con planes de contingencia para disminuir al máximo la molestia a los usuarios.

SOBRE EL AUTOR

Constanza Reveco Montero

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