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Enfermedades de salud mental dejan de ser preexistencia en Isapres

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La Superintendencia de Salud envió en noviembre pasado una circular donde ordenaba a las Isapres dejar de considerar como preexistencia a las enfermedades de salud mental.

La medida comenzó a regir desde hace unos días y se espera que el próximo 1 de marzo se eliminen las restricciones de cobertura de los planes de salud de los afiliados.

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El próximo 1 de marzo todos los planes de salud deberán eliminar las restricciones de salud mental de sus coberturas. Foto: radio.udechile.cl

El día de ayer, las enfermedades de salud mental dejaron de ser consideradas una preexistencia en las Isapres. Lo anterior, se debe a una que la Superintendencia de Salud emitió una orden a través de una circular, en la que indicaba que la medida comenzaría a regir a partir del primer lunes del 2022.

Las instrucciones de la circular 396, se basan en la Ley 21.331, en la que se reconoce y protege los derechos de las personas en la atención de salud mental.

El documento señala que «las isapres no pueden consultar ni exigir a los potenciales afiliados la declaración de enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o intelectuales propias o de sus beneficiarios, como tampoco pedir antecedentes clínicos o realizar entrevistas que revelen estos diagnósticos».

De esta forma, la Superintendencia ordena las isapres que «no podrán comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones de salud relacionadas con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental».

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Lo anterior, significa que no se podrán poner topes de bonificación o topes máximos de año contrato por beneficios menores que los establecimientos para prestaciones de salud físicas.

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En conversación con Radio Cooperativa, el superintendente de Salud, Patricio Fernández, apuntó que «a las personas que les exijan esta información en su declaración de salud o vean que les están rechazando una afiliación por este motivo, pueden reclamar ante la superintendencia«.

«Debe haber una cifra de personas, que nosotros no sabemos, que están cautivas y no han podido nunca tomar alguna opción (…) por lo tanto se abre esta posibilidad», manifiesta el superintendente.

Al momento de ser consultado por el rango de la cobertura en casos de atención psicológica o psiquiátrica, aseguró que la circular tiene una «segunda patita».

A contar del 1 de marzo del 2022, las isapres están impedidas de seguir comercializando planes de salud coberturas restringidas de salud mental. Lo anterior, quiere decir que la cobertura que se da para las prestaciones de salud mental debe ser exactamente la misma que se da a la cobertura por salud física.

En la actualidad, en promedio, la cobertura de salud mental bordea el 30%, mientras que la salud física super el 60%. «Podríamos esperar que, deseablemente al menos, ahora duplique su cobertura para partir», anuncia el superintendente Fernández.

En caso de que la isapre no cumpla con esta condición, la autoridad pidió que los afectados hagan rápidamente la denuncia en el sitio web haciendo uso de su clave única. «Nosotros tramitamos ese reclamo como un juicio arbitrario. Somos árbitros para resolverlo«.

La medida, se suma a otras circulares que ha enviado la Superintendencia de Salud a las isapres, entre las que se encuentran: la eliminación de la exigencia de identidad de género, el dejar de considerar el Síndrome de Down como una enfermedad, la eliminación de planes de cobertura reducida de partes, entre otras.

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