Opinión: ¿Equilibrio? Un juego desigual

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La exclusión de las mujeres en la política es algo que se busca dejar atrás, sin embargo aún queda mucho por hacer.  Tras las diversas manifestaciones registradas el año pasado luego del Estallido Social, el Gobierno accedió a realizar un Plebiscito para que los ciudadanos expresaran su opinión sobre el si deseaban cambiar la Constitución vigente desde el 80´ y qué tipo de órgano debe redactarla.

Ante la posibilidad de que gane la opción apruebo, el Órgano Constituyente que redacte esta nueva Constitución deberá estar conformado por igual número de mujeres y hombres, pues sería la primera vez en el mundo, que se aplicaría la Paridad de Género; si bien este es un paso más para la lucha por la igualdad, no es suficiente.

De igual forma, ante diversos comentarios de que esta normativa afecta a la representación de la ciudadanía y de que a las mujeres se les está regalando el puesto, se hace necesario establecer las diferencias entre representación y representatividad, pues aunque usted no lo crea, no son sinónimos.

El primer término –representación-  se relaciona directamente con la transmisión legítima del poder de la ciudadanía hacia la persona electa para representar sus intereses. Mientras que la representatividad, se relaciona con los criterios composicionales y demográficos del Órgano Colegiado.

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Entonces ¿el incluir Paridad de Género afecta a la representatividad y no a la representación?, así es, la inclusión de esta Ley solo salda una cuenta que se ha tenido durante años con las mujeres.

Según los datos recabados en el Censo del 2017, en Chile hay 370.025 mujeres más que hombres, siendo la lógica 100 es a 95,9; sin embargo, a pesar de ser más mujeres en el país, la política sigue siendo una área dominada por los hombres, pues la representatividad en el Congreso es muy baja, ya que solo el 23% corresponde a ellas, es decir de los 198 parlamentarios electos, sólo 45 son mujeres.

Mientras que, en lo que respecta a la representación esta se asocia a la “autorización” donde el representante actúa en nombre de los representados, es decir, el cómo actúa un determinado sujeto para promover y gestionar los intereses de quienes representa.

Por lo que, una forma de romper con la representación es que el representante se guíe por la Lógica de la Independencia y no por la del Mandato, pues si actúa según la última, sus decisiones deben estar guiadas –como lo señala Edmund Burke- por lo que es mejor para sus representados y el interés nacional.

Si la pregunta que surge es qué mecanismo para redactar la nueva Constitución es más representativo, la respuesta es que ambos lo son, pues en la Convección Mixta, los constituyentes serán Congresistas en ejecución y ciudadanos, en el caso de los primeros estos ya cuentan con un  grado de legitimidad, puesto que fueron electos en el 2017 por los compatriotas, sometiéndose ya estos a un proceso de representación; mientras que los ciudadanos electos en abril del próximo año, partirán con este proceso, pues esta lógica es la que se aplicaría de ganar la Convención Constituyente, ciudadanos, que serán votados y legitimados al momento de ser electos  por aquello que sufragaron a su favor.

Por lo que cabe señalar, que con la Paridad de Género no se está afectando la representación, solo da énfasis a la representatividad, pues ambas son importantes, en especial cuando se habla de redactar una nueva Carta Fundamental, ya que las mujeres forman parte de la sociedad, y no se les puede dejar al margen de un proceso tan importante como este.

Para todos aquellos que piensan que estos son cargos regalados, solo queda preguntarse qué nombre tendría, entonces, toda esa sobrerepesentatividad masculina en el Congreso, pues acá solo se reclama lo que es justo, con esta Ley no se pone en riesgo la representación, solo se da un paso más en materia que debía haber estado resulta hace mucho.

*Tamara Medina Huerta es estudiante de Ciencia Política de la Universidad Central de Chile.

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