Clariant omitió declarar al servicio de evaluacion ambiental 19 estanques de sustancias peligrosas

Martín Espinoza Buzeta
octubre 25, 2021
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La empresa que fue responsable de una filtración que produjo una explosión el año 2019 en Maipú, estuvo incorporando desde 1997 diecinueve estanques de almacenamiento de sustancias peligrosas, corrosivas e inflamables que no declaró ante el SEIA. Solo un proyecto de construcción de seis estanques más ingresado el 11 de agosto, hizo que la empresa buscara regularizar los diecinueve estanques, incorporándolos al proyecto. Estos hechos, constituyen infracciones a la normativa del SEIA que podrían terminar con un proceso sancionatorio contra la empresa.

El 11 de agosto del 2021, ingresó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) por un proyecto de la empresa Clariant. La empresa busca reemplazar la manera de almacenar algunos de sus productos mediante la construcción de 6 nuevos estanques superficiales: cuatro estanques para almacenar sustancias corrosivas peligrosas y dos para almacenar lo que se ha denominado como sustancias varias.

Pero el proyecto trae aparejado otro objetivo, regularizar diecinueve estanques de almacenamiento de sustancias peligrosas, corrosivas e inflamables incorporados desde 1997 hasta el presente y que no fueron declarados en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Esto quiere decir que Clariant operó 19 estanques de almacenamiento de sustancias peligrosas, alguno(s) por más de 20 años, sin una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Mario Arrué, ingeniero ambiental, abogado y ex trabajador del SEA, dice que “El hecho de ejecutar un proyecto que debiese tener RCA sin tenerla, es una infracción a la norma. Y eso puede ser sancionado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) bajo la figura de elusión al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental”.

A pesar de que Clariant violó la normativa tras no presentar los 19 estanques en el SEIA, la SMA no ha iniciado ningún proceso sancionatorio en su contra.

“Probablemente nunca se enteraron (la SMA) de que esta empresa haya operado al margen del SEIA. Por eso es importante que los vecinos, si lo estiman, puedan presentar una denuncia a la superintendencia. Porque una cosa es regularizar la instalación y otra cosa es que se siga el curso del procedimiento sancionatorio”, explica Mario Arrué.

Participación Ciudadana

Un artículo de LVDM mostró que para los vecinos más cercanos a la empresa, a raíz de la fuga que generó una explosión en Clariant el 2019, ha disminuido su calidad de vida e incrementado la incertidumbre sobre los efectos en su comunidad de las industrias de Camino Melipilla, y de Clariant en particular.

Pero estos motivos no son suficientes para que el SEA considere que, tanto la regularización de los diecinueve estanques, como la construcción de los seis nuevos, estén sujetos a Participación Ciudadana (PAC), lo que podría permitir a parte de la comunidad informarse sobre el proyecto y expresar sus inquietudes a la empresa.

Viviana Delgado, dirigente social ambientalista y candidata a la diputación por el distrito 8, presentó una carta ante el SEA para solicitar un proceso de PAC. “La respuesta del SEA es que no hay apertura de Participación Ciudadana con Clariant, porque cumplen con la normativa internacional, porque encuentran que no hay un impacto hacia las comunidades en la construcción de sus estanques. No hacen referencia tampoco a la explosión del 2019, que pudo haber cuestionado un poco, por último, para habernos dejado tranquilos como maipucinos de que, si hubo una explosión, por lo menos fiscalicemos. Es una burla”, dice la candidata.

El punto está en que la normativa del SEA indica que los proyectos que son Declaraciones de Impacto Ambiental no tienen PAC por sí mismos. En estos casos, los proyectos deben cumplir con dos requisitos. El primero es que debe acreditar que el proyecto tiene carga ambiental, es decir, que puede tener efectos negativos sobre el medio ambiente. Y en segundo lugar, se debe demostrar que el proyecto presenta algún servicio de utilidad pública para toda la comunidad.

“Es probable que la comunidad no haya argumentado bien por qué este proyecto trae beneficios a la comunidad y por eso el SEA haya desestimado PAC”, señala Mario Arrué.

Y agrega que “Ahora, lo que puede hacer la comunidad es reclamar la resolución en el mismo SEA y después recurrir a los Tribunales Ambientales. En la medida en que estimen que no fue bien aplicada la norma, el tribunal podría ordenar que se abra la PAC”.

Sin embargo, la ciudadanía no es la única que puede cursar denuncias. Los municipios también están facultados para este tipo de acciones. La municipalidad, en este caso, está facultada para levantar los antecedentes a la SMA para que ellos fiscalicen. “Y eso ocurre mucho. Dentro de la mayor cantidad de procedimientos sancionatorios son, estadísticamente, por denuncias de la comunidad o de las municipalidades”, comenta Mario Arrué.

El ingeniero ambiental añade que “Es bueno que la comunidad pueda agotar los canales de recursos administrativos y judiciales en cuanto a la declaratoria de no PAC, porque ellos tienen derecho también a saber qué cosas están almacenando, cuáles son las medidas de contingencia, cuáles son las medidas preventivas, y hacer presión de todas sus aprehensiones respecto del proyecto”.

Clariant: Efectos que ya no se ven

Uno de los problemas de que Clariant no haya declarado la construcción de los diecinueve estanques en su momento, es que no se puede saber si en ese período el proyecto se ajustó o no a la normativa. Este es uno de los motivos por los que el SEIA opera bajo el principio preventivo, buscando anteponerse a los problemas ambientales. El SEIA no es una herramienta de regularización.

“Siempre es cuestionable que una empresa vaya a al SEA a regularizar sus procesos que tiene preexistentes, porque efectivamente, antes que se construyeran esos estanques, o cuando se construyeron, pudieron generarse algunos impactos ambientales que ahora no los vas a ver”, aclara el ingeniero ambiental.

Estos efectos pueden tener relación con las emisiones atmosféricas, los niveles de ruidos e incluso la intervención en la flora y fauna del espacio que contempló el proyecto. Lo que el SEA ha hecho en otros casos, es que manda a los proyectos que buscan regularizarse a la SMA. Y, consecuentemente, la ciudadanía puede instar a que se inicie el proceso sancionatorio contra la empresa.

“(El proceso sancionatorio) puede terminar en que tengan que someterse al SEIA. Pero también puede terminar en la aplicación de alguna multa, o alguna otra medida adicional, como por ejemplo medidas más exigentes en términos de la contención de posibles riesgos al medioambiente. O de riesgos de explosiones. O ese tipo de cosas”, dice Arrué

Pero el SEA también puede evaluar retroactivamente los impactos ambientales que fueron ocasionados en la construcción de los 19 estanques. El SEA puede pedir, por ejemplo, cuáles fueron las emisiones atmosféricas que se produjeron durante la construcción en base a determinados modelos matemáticos que permiten una aproximación. De esta manera se puede determinar si los impactos generados se apegaron, o no, a la normativa.

LVDM solicitó una entrevista con Clariant respecto de estos diecinueve estanques que no fueron declarados, pero desde la empresa arguyeron falta de tiempo. Sin embargo, hubo una respuesta por parte de ellos enviada desde correo electrónico.

Respuesta Clariant
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